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Cesión del 20% adquirido en concepto de derechos sobre una vivienda

1 Comentarios
 
Cesión del 20% adquirido en concepto de derechos sobre una vivienda
15/06/2017 12:31
Buenos días.
Mi mujer y yo queremos comprar una vivienda que ahora mismo está en propiedad de una Sociedad, o mejor dicho, esa sociedad tiene un contrato de derechos sobre esa vivienda, que aún no tienen ni la división horizontal, y estaría interesada en transferirnos dichos derechos.
El contrato vincula a la sociedad los derechos sobre esa vivienda al haber pagado el 20% del importe de la vivienda, Iva incluido.

Ahora mismo, la Sociedad valora positivamente desacerse de esos derechos, y mi mujer y yo estamos interesados en adquirid dichos derechos para escriturar cuando esté terminada.
La socieadad no tiene nigún problema en transferirnos dichos derechos por el mismo importe que los compró para que podamos escriturarla nosotros. También hemos hablado con la promotora y no pone reparo alguno en ello.

La pregunta es.
¿Qué hay que hacer para poder realizar esta cesión de los derechos? ¿Cuánto hay que pagar? Esto está todo en madrid. Hemos escuchado que hay que pagar el impuesto de transmisiiones pero no nos queda claro cuánto es, ni si el porcentaje es sobre toda la vivienda o sobre ese 20% que estamos adquiriendo.

Gracias, un saludo.
01/07/2017 09:44
Javichechu
Nadie puede darme información al respecto?
He consultado un par de abogados en su opinión hay que pagar el impuesto Itp en base al 20% que es lo que me están transfiriendo. Sin embargo según la comunidad de Madrid hay que pagarlo por el total del valor de la vivienda.
Evidentemente los abogados dicen que la comunidad siempre va a tratar de cobrar todo lo que pueda eso no quiere decir que tenga razón. Pero actúan así.

Los argumentos para defender que el pago debe hacerse solo sobre el 20% son sencillos. No se puede transferir algo que no tienes Y que no existe. El cesionario solo tiene el 20% de la vivienda ya que esta aún no existe y no está escriturada. ¿qué pasaría entonces si al final pagas sobre el 100 100 y no puedes escriturar? Que habrías pagado por algo que nunca has llegado a tener. Sin embargo la comunidad de Madrid no se baja del burro y dice que es sobre el total de la vivienda.

La solución planteada... hacer autoliquidación pagar sobre ese 20%, Y que sea luego la comunidad de Madrid la que decida si la recurres y demanda el resto a su criterio en cuyo caso tendríamos que defendernos en un juicio.

Opiniones??? Gracias