actualmente un familiar tiene intención de cederme gratuitamente su vivienda (en precario). Con el propósito de no perjudicarle fiscalmente (evitando que Hacienda pueda aplicar la presunción de onerosidad prevista en el artículo 6.5 de la Ley 35/2006), me gustaría saber si es necesario documentar este acuerdo ante notario o es suficiente con un contrato privado.