Mi ayuntamiento ha recibido una subvención de la Diputación para la adecuación de instalaciones deportivas para los "Juegos del Mediterráneo 2018".
Dicha subvención, en su artículo 4.2 dice lo siguiente. "En el caso que las actuaciones subvencionables sean equipamientos deportivos i instalaciones deportivas, es obligatorio destinarlas al uso público y a la finalidad que les es propia y por la cual se concede la subvención, por un periodo que no puede ser inferior al periodo de amortización de la inversión realizada, que en todo caso no puede ser inferior a 5 años..."
A todo esto, y una vez utilizadas las subvenciones para reacondicionar el estadio municipal y los campos anexos, mi ayuntamiento ha iniciado los tramites para un concurso de licitación para el uso privativo de dichas instalaciones para un periodo de 25 años prorrogables a 40.
El hecho es que la Sociedad Anónima Deportiva que optará al concurso ya está haciendo uso de los campos antes de que se haya publicado el concurso, llegando a hacer obras en el equipamiento público que luego se les deducirá del canon anual.
¿És todo esto legal? ¿Qué se puede hacer al respecto?