Os quiero consultar una cosa.Cuando hay una comprraventa de deudas de una empresa a otra, la empresa que ha comprado la deuda ha de notificarlo al deudor, ok. ¿pero ha de mandarle el contrato de compra de la deuda o con notiicarle el hecho al deudor ya es bastante para después ejercer el cobro de esa deuda. Espero haberme explicado bien. Gracias