Hola, un familiar y yo estamos valorando realizar una cesion de credito que uno de nosotros esta en un procedimiento civil, es decir, la sentencia ha sido a su favor pero el deudor no paga, se inicio un proc. ejecucion de embargo etc el caso q mi familiar no quiere continuar pq no ve claro que vaya a cobrar y entre todo el dinero que se ha gastos y ahora se tendria que poner una querella criminal ya que hay alzamiento de bienes etc, el caso q valorando pensamos en que si firmamos en notaria una cesion de credito y asi me quedaria yo subrogado en su lugar continuario con la querella etc. viendo los gastos que implica no solo lo que esta por venir sino ahora mismo para formalizar el contrato, entre el gasto notaria y pagar ADJ (galicia), me surgio la duda de quien tiene q pagar ese impuesto y como se hace, es algo que realiza la notaria, cuando hay q pagarlo, cuando tiempo hay para pagarlo, si hay que hacerlo tras la fimar? etc todo lo que me puedan comentar es de agradecer.