Me urge una GRAN DUDA que pretendo resolver para pararle los pies a un fondo buitre.
Se trata de una ejecución de títulos no judiciales presentados por una entidad bancaria y por una póliza de préstamo impagada por importe de casi 500.000 € y que ha sido comprada por un megafondo buitre noruego.
El caso es que ha transcurrido casi un año desde esa compra (junio 2012) y el fondo cesionario NO ha solicitado la sucesión judicial QUIZAS por su propia imposibilidad dado que el cedente ya aportó y usó testimonio notarial de la póliza con carácter ejecutivo (es posterior a reforma 2006 del Regalemnto Notarial)
Mi GRAN duda es si un cesionario crediticio puede usar el mismo testimonio ejecutivo aportado en la ETnoJ antes de la cesión o por el contrario DEBE solicitar un segundo testimonio, en cuyo caso sí que se le haría prácticamente IMPOSIBLE suceder procesalmente al cedente Bankia (es decir, alcance y contenido de arts 250, 233 RN y 17 LN