Buenos dias, ¿en una cesión de contrato de negocio es obligatorio actualizar la fianza del alquiler del local?, pues ahora me encuentro en esa tesitura. gracias
Hola tomirra.En principio la respuesta a su pregunta es NEGATIVA. Deberá examinar el contrato para determinar si se pactó que en caso de cesión la fianza se actualizaría.
Hola Jan, en cuanto a la fianza dice lo siguiente:
NOVENO.- En el plazo de 15 días desde la celebración del contrato será obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico en cantidad equivalente a dos mensualidades. Durante los 5 primeros años de duración del contrato, la fianza no estará sujeta a actualización; salvo pacto específico, se actualizará la fianza con relación a la actualización de la renta. El saldo de la fianza en metálico, que se devolverá al final del arriendo, devengará el interés legal, transcurrido un mes desde la entrega de las llaves sin que se hubiere hecho efectiva dicha restitución.
Me interesa mucho tú opinión pues es de las más autorizadas en este foro. saludos y gracias
Hola tomirra. A tenor del contenido de la cláusula que cita usted NO podrá actualizar la fianza en virtud del traspaso. Únicamente podrá actualizarla cuando el contrato entre su sexto año de vigencia.