Hace año y medio, arrendé una vivienda a tres personas, mediante contrato de arrendamiento solidario. Una de ellas deja la vivienda urgentemente y va a firmar un contrato de cesión con los otros dos que quedan, yo no me opongo; por lo tanto se continua con el contrato primitivo de arrendamiento. Aquí viene la pregunta: ¿Los otros dos que quedan, habiendo recibido la cesión del primero, meses después pueden hacer un contrato de cesión con una tercera persona?. Yo, en principio, no me opondría, mis requerimientos últimos es no perder la antigüedad del contrato, y que no disminuya la cantidad (tres personas) y calidad de la garantía.
Gracias por las respuestas.
Gracias por la respuesta.
Estoy seguro que dentro de algún tiempo, para que el arrendamiento no les resulte tan gravoso al haber pasado a dos arrendatarios, buscarán algún otro sustituto del que se ha ido. Esa era la duda de si se podría hacer; me quedo más tranquilo