Buenos días,
soy dueña de un local comercial y hace dos años lo alquilé con un contrato de 10 años. Ahora el arrendatario quiere cesar el contrato porque ha encontrado un local que le satisface más. No hay ninguna cláusula al respecto, entiendo que si no hay nada estipulado debo de aplicar la ley, me puedo aparar al artículo 1.124 del código civil?
Si, puedes aplicar dicho artículo, y optar entre la resolución o el cumplimiento, con la correspondiente indemnización por daños y perjuicios, pero yo te recomiendo que optes por la resolución, ya que si vas al cumplimiento, tendras que depositar las llaves en algun lugar y no podrás alquilarlo durante ese tiempo.