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Cese de actividad

1 Comentarios
 
21/09/2011 18:50
Les corresponde un mes de indemnización.

La extinción de contrato es válida desde el momento que reciba la pensión de jubilación, no antes.

Debe hacer la extinción de todos los contratos de todos los trabajadores de todas las empresas que tenga.

Si la empresa tuviera personería jurídica en vez de física podría existir continuidad de la actividad y por lo tanto no corresponde esa indemnización.

saludos
Cese de actividad
21/09/2011 13:30
Hola!! una pregunta si un empresario se jubila y cierra su empresa, con cuanto tiene que indemnizar a sus trabajadores?
muchas gracias