Todas las personas fisicas y juridicas que suministren datos, tanto si su colaboración es obligada como voluntaria deben contestar de forma veraz, exacta, completa y dentro del plazo, a las preguntas ordenadas en la debida forma por parte de los servicios estadisticos. ( art. 10.2 ).
El incumplimiento de las obligaciones establecidas en esta ley, en relación con las estadisticas para fines estatales, SERA SANCIONADO de acuerdo con lo dispuesto en las normas contenidas en el presente titulo ( art. 48.1 ).
LAS INFRACCIONES PUEDEN SER SANCIONADAS CON MULTAS DE HASTA 30.050´61 €. ( ART. 51.1 ).
En el escrito con el que remiten el cuestionario te deben indicar si es obligatorio el que suministres la información que te solicitan y también las sanciones que te pueden imponer en caso de incumplimiento. Míralo. Lo normal es que sea obligatorio cumplimentarlo.
Gracias de nuevo, taxland.
Hoy fui a recoger todos mis papeles de la gestoria, y efectivamente hay trampa. A mi me cobra por el banco 140 €/mes desde que di el cese de adtividad apesar de no hacer nada, pero he visto que este ultimo trimestre el gestor me ha hecho facturas supuestamente por sus servicios, y es MENTIRA, NO HAY ACTIVIDAD. por valor de 4.000 €. De ahi los 600€ que page en el 110. del 4º trimestre del 2009. ¿ Si estoy con cese de adtividad, estas facturas podrian traerme problemas?
Si, a mí me cobra una cantidad por el banco para que no sospeche y luego resulta que hay otras facturas suyas, que como yo no veo puesto que las tenia él.
Ahora me explico el por que nunca me salian los ingresos y gastos al hacer el balance del año respecto a los que hacia el gestor. Y claro, como es él, el profesional, pues te come el coco de tal manera que crees que lo he hecho mal y que él era el bueno.
Pero por lo que he revisado por el momento me doy cuenta de que es una practica muy habitual, de meterme esos gastos de mas segun le convenga en cada trimestre a él. Osea que he pagado retenciones siempre de mas, he mirado al boleo otro 110 del año 2008 en el que si tenia actividad y empleados, pues despues de sumar todas las retenciones me da que pague 1200€ de mas. y que como muy bien dice taxland esas retenciones solo las aprobecha el gestor. ¡¡¡¡HAY QUE TENER CARA!!!!
A saber a cuantos roba, lo he dejado todo para que lo revisen y haber lo que sale, y tomar medidas. aunque no se si se podra pillarle. Tiene otros negocios aparte de la gestoria.
La verdad es que te fias de un gestor para que te quite trabajo y que confias que con su buen gestionar se puede ganar dinero, y mira por donde sale, con la de dinero y comidas que le he pagado.Riendose a papo lleno.
Quisiera hacer otra consulta:
Para colmo, esta mañana me llamaron del Ministerio de Fomento, yó soy uno de los que le toco el hacer esos famosos cuestionarios al mes, Indices de producción.... estadisticas y todo eso. y claro, como el lumbreras de mi gestor lo sabe todo, segun él , al tener cese de actividad no tengo la obligación de hacerlo. y no las ha hecho desde junio. y la del Ministerio me ha dicho que por que no las presente, yó le dije lo del cese de actividad, y esta me dijo que lo que tenia que haber hecho es mandar un escrito y el cese de actividad para darme de baja, que mientras no este de baja tengo la obligación de hacerlas, me dijo tambien que ya me llamaria otro compañero, uuufffffff me temo lo peor.
¿¿¿¿ Alguien sabe si me pueden multar por esto ???? gracias..
Hola mi nombre es Laura i desde 31 de julio mi sociedad sl esta inactiva , pues cerre mi restaurante en este tiempo estoy intentando vendre la sociedad y traspasar el bar, segun me dijo el gestor , sigo pagando los autonomos porque es obligado, ahora en febrero me vence una poliza de credito y tengo un plan de pensiones que me gustaria recuperar, pero como sou autonoma dada de alta no se si podre , mi pregunta es tengo la obligacion de aeguir dado de alta de autonomo,y seguir pagando , si mi sociedad esta inactiva o puedo darme de baja? por favor es urgente gracias de antemano.
Esa retención es sobre su renta, no es sobre la tuya, por tanto tú nunca podrás recuperar nada. Espero explicarme, cuando le pagas por sus servicios le retienes una cantidad a la que él, una vez realizada su declaración de la renta podrá tener derecho a devolución pero es él el que utilizará esa retención y no tú.
Espero haberte aclarado la duda. He de reconocer que la situación no parece normal. Compruébala en Hacienda.
Gracias taxland.
Lo que tú dices es lo que yo pensaba y de ahi mi mosqueo. Se lo dije al gestor y me dijo que no me preocupara que todo eso lo iba a recuperar cuando haga mi declaracion de la renta de hacienda, en el impuesto sobre la renta de las personas fisicas, (modelo 100 ) mi duda es, que en la declaracion de la renta solo devolveran las retenciones de las nominas en este caso, pero al no tener nominas no tengo retenciones por lo que creo que las retenciones que el gestor me ha hecho, y que supuestamente solo tengo una factura de 140€ al mes por sus servicios,( que no hace nada ) estando sin actividad, serian el 15% ( 21€/mes,63€ trimestre ). Pero no 90€ en el 3º trimestre y 600€ en el 4º.Creo que estos gastos no entran en la declaracion de la renta, ( el 100 ) ¿ es asi ?.
De todas formas este gestor no me inspira confianza visto lo visto, asi que buscare otro. Imaginar si en estas cosas me esta liando que no habra hecho por ejemplo en un año que facture mas de 900.000 €.
El 110 es un modelo que se usa para declarar las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF. Supongo que en ese documeo tu gestor declarará por lo que le has retenido. Tú le abonas mensualmente 140 euros pero hay una parte que debes abonar a Hacienda y que es un 15%. Supongo que ese 15% será lo que declaras trimestralmente pues no tienes otra actividad. A final de año (hasta el 31 de enero del año siguiente), debes rellenar también el 190, que es una informativa con el resumen anual de lo retenido.
De todas formas te diré que si has declarado el cese de actividad no deberías presentar ninguna declaración pues se supone que no estás actuando en el mercado. Comprueba tu situación en Hacienda acercándote a la Administración Tributaria. Si no estás dado de baja como retenedor, etc., debes hacerlo con un modelo 037. Lleva los papeles que muestren que eres el administrador de la sociedad o no te darán ninguna información.
Tengo una S.L. A la cual di como cese de adtividad en junio del 2009. Segun mi gestor,estoy dado de baja como autonomos y no pago, tampoco tengo nomina,ni facturas,ni gastos al dar de baja todos los seguros y demas..... ni nada al no tener actividad.
Pero si tengo que hacer el impuesto trimestral, el 110. Supuestamente al no tener ninguna actividad, no tendria que pagar nada, solo al gestor que me lo hace, y este me cobra 140 € al mes. En el 3º trimestre pague 90€. La sorpresa es que en el 4º trimestre del 2009 segun el gestor me sale a pagar 600 €. Por lo que creo que me esta timando. Quisiera saber en este caso de tener cese de actividad, que gastos ocasionan o entran en dicho cese y cada cuanto tiempo. gracias.