Queremos cesar al Administrador por motivos justificados, convocará el Presidente una Junta Extraordinaria para tratar éste asunto sin comunicárselo al Administrador lógicamente.
Si por algún chivatazo de algún vecino le comunica al Administrador que haremos una reunión para cesarle, si se presenta a la reunión, ?podemos decir que no puede estar en la reunión e invitarle a que se marche¿ Que son asuntos internos de la Comunidad.
Gracias y saludos
el administrador no tiene porqué estar en esa junta si ustedes así lo deciden.
Yo particularmente no le cesaria ahora mismo, esperaría a la próxima junta anual ordinaria, donde se renuevan los cargos, ya que si le cesan ahora, el administrador podría solicitar indemnización hasta próxima junta.
ustedes valorenló
¿El administrador tiene la función de secretario? Si no la tiene, no tiene a nada a que ir a la reunión. Si la tiene deberá ser convocado, pues es miembro de la junta directiva.
Pues tengo dudas de que no haya que convocar al administrador si es secretario, por mucho que no sea propietario. Me gustaría que alguno de los profesionales del derecho que suelen escribir nos lo pudiese confirmar.
Recuerde, el divorcio se inventó hace mucho. Sólo faltaba que se pueda separar de su pareja y no del ador.
La junta de propietarios es soberana y puede echar al ador cuando quiera.
Es interesante que al comienzo de la junta se elija un secretario para redactar el acta y que sea lo más ajustada a la legalidad.
No tienen que temer nada. Se puede vivir sin ador.