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certificados de empresa

9 Comentarios
 
Certificados de empresa
perfil ck
05/09/2005 13:55
Hola a todos. Os cuento.

En mi vida laboral me constan 545 días cotizados. En el Inem me dicen que tengo cotizados 400 y pico. Quería saber si las bajas voluntarias no cuentan a efectos de cotización.

Me dicen que para percibir prestación tengo que presentar todos los certificados de empresa de mis contratos. El problema es que no los tengo todos. ¿La empresa está obligada a facilitarmelos aunque dicho contrato sea de varios años atrás?

Gracias.

Un saludo
05/09/2005 14:18
Hola.

Si en tu vida laboral figuran cotizados 545 dias, eso va a misa, diga lo que diga en INEM. Salvo que lo que te diga el INEM es que en los seis ultimos años aparecen cotizados 400 dias y los restantes 145 van mas allá de esos seis años.

La empresa cada vez que te finiquitó un contrato debió darte ademas del correspondiente finiquito, una copia del contrato y prorrogas de ese contrato y una certificado de cotizaciones de ese periodo o contrato.

si no te lo dió exigeselo y si te lo dio y lo has extraviado, trata de que te lo den ya que no es tan dificil recuperarlo.

Saludos.
perfil ck
05/09/2005 14:23
Gracias Ninfa.
perfil ck
05/09/2005 14:45
Otra cosa, por favor.

Si tengo la relación que me envía la Seguridad Social con la vida laboral, ¿también es necesario el certificadode empresa?

Y con respecto a la baja voluntaria, ¿tendría derecho a cobrar lo correspondiente a ese contrato?

Gracias de nuevo.
05/09/2005 19:36
Hola.

1ª) Si. El certificado de empresa hacde referencia alas cotizaciones realizadas en los 180 últimos dias o durante la vigencia del contrato si no ha alcanzado este numero de dias.

2ª) Si te vas de la empresa voluntariamente tienes derecho a cobrar los dias trabajados hasta la fecha de finalizacion de tu relacion laboral ademas de la parte proporcional de las pagas extra devengadas y no cobradas (finiquito) así como las vacaciones generadas y no disfrutadas.

A lo que no tendrias derecho es al desempleo, dado que no estas en situacion legal de desempleo puesto que para encontrarte en esta situacion es condicion indispensable que la perdida del trabajo sea por causa ajena a la voluntad del trabajador, cosa que no sucede en una dimision o baja voluntaria.

Saludos.
perfil ck
05/09/2005 20:55
Ninfa, muchas, muchas gracias. Todo aclarado.

Saludos
perfil ck
06/09/2005 14:10
Una de las empresas en las que he trabajado ya no existe, ¿me descontarán esos días del cómputo total por no tener los certificados de esta empresa?

Ya sé que he sido una dejada, pero pensé que no los necesitaba, ya que sólo me los han dado después de cada contrato ( y han sido unos cuantos ) en una de las empresas en las que he trabajado.

Un saludo,
06/09/2005 14:35
Hola.

Nio te van a descontar nada por esa falta del certificado. Lo que si va a suceder es que se retrase bastante su cobro.

Exponselo a la oficina de empleo donde lo tramites y ésta solicitará a la Seguirdad Social que le certifique tus bases y dias cotizados del periodo que te falta (si está dentro dse los 180 ultimos dias)

Saludos.
perfil ck
06/09/2005 17:58
A ver Ninfa, siento molestar tanto, pero mi ignorancia rebasa ciertos límites. Esos 180 días que vienes nombrando quiere decir que si he trabajado en una empresa cobrando el triple que en otra, sólo metomarán en cuenta los trabajos realizados en 180 días atrás. No sé si me explico, ¿no puedo elegir cuál cobrar?

Muchísimas gracias.

Un saludo.
06/09/2005 20:09
Hola.

A la hora de percibir la prestacion por desempleo se manejas os factores:

a) El tiempo cotizado. Por cada año trabajador se te condede una prestacion de seis meses. Como el tope maximo de tiempo que te abonaran es de 24 meses, se toman ciclos de 6 años.

Por lo tanto, el INEM sunara los dias que has cotizado en los ultimos seis años y establecerá cuantos dias te pernecen de prestacion (ninimo 120 maximo 720 dias)

b) ¿Y a que valor te van apagar esos dias que te corresponden de pago de desempleo.? Para establecer el valor al que cobraras esos dias se toma el valor de las bases de contingencias comunes de los ultimos 180 dias trabajados se suman y se dividen entre esos 180 dias y tendremos así el valor día al que se aplicará el 60% en los primeros seis meses de cobro y el 70los restantes meses todo ello con los topesestablecidos en función de las cargas familiares que tengas.

Saludos