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Certificado

3 Comentarios
 
Certificado
25/01/2012 23:24
Hola, tengo un certificado del Secretario de una comunidad de vecinos para la reclamacion de cuotas impagasdas por un propietario; el caso es que la Junta se celebra en noviembre de 2011 y han icluido en el certificado las cuotas de 2008, 2009, 2010 y 2011 ¿presentaria algun problema el certificado por incluir cuotas posteriores a la celebracion de la Junta? Gracias
perfil Bri
26/01/2012 08:03
Mi opinión es que depende del acuerdo adoptado en Junta y cómo haya quedado reflejado en el Acta correspondiente.

Si en Junta se acordó la expedición del certificado de deudas sin expresar hasta qué mes de 2011, el certificado podrá reflejar todas las cuotas debidas hasta la fecha de expedición del mismo.

En cambio, si en junta se acordó -y así queda reflejado expresamente en el acta- que se expida certificado de deudas hasta el mes X del año 2011, no podrá expedirse más que hasta ese mes, y las deudas de meses posteriores se tendrán que reflejar en otro certificado, previo acuerdo adoptado en otra Junta posterior.

Saludos.
26/01/2012 14:37
El Certificado es válido siempre desde el mes en que se hace, no se puede certificar a futuro, no es legal. Esa Certificación se la podrían tirar abajo por no corresponder a lo real.
Que le haga otro Cetificado al día de hoy con todo lo que debe y bien especificado, para que no haya duda en el Juzgado.

Un saludo
26/01/2012 18:57
El certificado debe desglosar la deuda por años.

Incluir cuotas impagadas con posterioridad a la celebración de la junta produce el problema de que dichas cuotas al no estar vencidas y no ser exigibles al no haber sido aprobada liquidación de deuda alguna referente a ellas no son susceptibles de reclamación