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certificado imputaciones

1 Comentarios
 
Certificado imputaciones
11/02/2010 14:51
Hola, a ver si alguien me puede aconsejar, pues estoy un poco perdido. Mi hija lleva dos años estudiando en la universidad. Yo hace años que no hago la declaración de la renta, pues no sobrepaso el límite exigido, y al no tener hipoteca, me sale a pagar. El año pasado pedimos una beca y nos la concedieron sin problemas. Ahora este año, de momento, la han denegado pues falta mi declaracion de la renta o en su defecto, el certificado de imputaciones. Mi problema es el siguiente: Me piden el certificado de imputaciones o la declaración de 2008, y al comentar esto con un conocido que tiene una gestoría, me dice que ahora tengo un problema. Resulta que en 2008, si bien no llegué a los ingresos máximos, sí que cobré de dos empresas, pues en octubre de 2008 cambié de trabajo. Por lo tanto, aunque no sobrepasé los ingresos, tendría que haber hecho la declaración.

Y aqui viene mi gran dilema: si pido en Hacienda el certificado de imputaciones ¿corro el riesgo de que me "investiguen"? La beca que nos dieron el año pasado era de un total de 1.400,00 € (unos 800 para la matrícula, y el resto para gastos de movilidad). ¿Vale la pena arriesgarse a pedir el certificado de imputaciones? ¿Qué datos constan en dicho certificado?

Muchas gracias por vuestra ayuda
12/02/2010 09:25
Las imputaciones de renta son una ficción jurídica por la que reputa como obtenidas rentas que no han sido realmente percibidas por el contribuyente. Sólo puede darse esa situación en casos muy concretos, siendo el más importante la imputación del 2% del valor catastral de las viviendas que no sean la vivienda habitual y no generen rendimientos de capital (no estén arrendadas). También las rentas obtenidas por cesión de derechos de imagen, por socios de las instituciones de inversión colectiva constituidas en paraísos fiscales, y algún que otro caso más que creo que no es el tuyo.

Si pides el certificado de imputaciones lo que pueden hacer es hacerte un requerimiento para que realices la declaración pendiente, e incluso sancionarte si aprecian alguna infracción tributaria.

Los límites para el año 2008 fueron los siguientes:

- 22.000 euros anuales, con carácter general.

- 11.200 euros anuales cuando los rendimientos del trabajo procedan de más de un pagador aunque cuando la suma de las cantidades percibidas del segundo no supere la cantidad de 1.500 euros anuales sigue operando el límite de 22000.

www.taxland.es