Hola
La declaración de obra nueva debe ponerse de manifiesto tanto en la escritura como en el Registro de la Propiedad, y para ello se precisa el certificado del arquitecto o director de la obra.
Si como usted indica la obra es bastante antigua se precisaría la certificación del arquitecto expresando ese extremo, la acreditación de la antiguedad y dos testigos. Si como usted dice la obra nueva está actualmente inscrita es porque en su día se hizo de alguna de las dos formas indicadas. En principio no debe usted tener problema.
si precisa de cualquier aclaración, duda, consulta o escrito puede contar con nosotros.
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Hola. Tengo una casa terrera en Las Palmas de Gran Canaria. El proyecto de la casa (que fue aprobado en su día por el Ayuntamiento y concedió la licencia) es de 1958. La casa se fué construyendo poco a poco a lo largo de los años, pero nunca se pidió el certificado final de obra. Hoy en día la vivienda está plenamente consolidada; paga IBI, tiene agua y luz, alcantarillado, etc. Tiene escritura de obra nueva desde el año 1997 que se hizo con un certificado de antigüedad que expidió el Auyuntamiento acreditativo de que la vivienda tiene más de 52 años. Mi pregunta es ¿tengo algún problema si no consta expresamente en el Ayuntamiento el certificado final de obra? ¿puede vender la vivienda, teniendo en cuenta que tiene escritura de obra nueva y que aquel señor que hizo esa obra nueva me la vendió a mí también en escritura pública y ambas cosas constan en el Registro de la Propiedad? ¿me debo preocupar por algo o lo dejo así?. Gracias