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Certificado empresa

2 Comentarios
 
02/12/2009 10:53
Gracias CrisF.

Finalmente prevaleció la seguridad social, es decir si le corresponden 22 días de vacaciones y son días naturales hay que contar a partir del día siguiente a la finalización del contrato. No nos pueden obligar a tener al trabajador de alta más días de lo que marca la norma de cotización.

Comentado esto en el INEM dijeron que "vale". Ellos mismos no tenían muy claro sus motivos.

Pienso que es triste que no haya normas más claras. La cantidad de consultas de este foro es muestra de ello.
02/10/2009 18:56
en mi opinión de trabajdora desde el lunes
en mi opinión de empresaria el sábado.
vaya lio eh?
Certificado empresa
02/10/2009 14:48
Buenos días,

Al finalizar un contrato de duración determinada, y no haber disfrutado las vacaciones, estas se pagan. El contrato termina en viernes ¿se empieza a contar el pago desde el sábado o desde el lunes? La seguridad social dice una cosa y el INEM otra.

Muchas gracias