Voy vender una parcela rústica y en el registro me van a pedir un "certificado de innecesaariedad de mi parcela" sin éste documento no me la registran a la vez me dicen que el ayuntamiento me lo denegará. ¿alguien sabe que clase de certificado es éste y porqué me lo van a denegar? gracias.
Los ayuntamientos lo que no permiten es segregar una superficie menor a la mínima de cultivo, ni que tampoco sea inferior la parcela resultante después de la segración, por lo que si no se aporta licencia de segregación, el registrador exigirá el certificado de su innecesariedad para inscribir.