Hola, soy teleoperadora especialista, próximamente voy a tener que pasar tribunal médico por mi baja médica, pues ya hago 1 año, me han recomendado que lleve un certificado de funciones laborales, pero me emiten un documento dónde solo ponen que respondo llamadas. Yo trabajo en un servicio de atención al cliente de una importante empresa de seguros sanitarios, y mis funciones van desde autorizar o denegar intervenciones, pruebas, urgencias, etc. Citas médicas y de pruebas. Información coberturas. Cobro de recibos e información de los mismos, y más. Este trabajo controlado por el limite en tiempo de llamada y la satisfacción de paciente, y por supuesto tanto de la aseguradora, como de la empresa dónde prestó servicios. Se atienden una media de 150 o 160 llamadas en una jornada de 8 horas. Todo esto no me lo quieren especificar. Me gustaría saber si hay alguna legislación o alguna normativa que les obligue a dármelo. Gracias
Por muchas veces que repita una pregunta la respuesta no varía.
La empresa no tiene obligación alguna de darle ningún certificado.
Pregunta si hay alguna ley, SI, el convenio colectivo aplicable, en éste deben venir especificadas las funciones o tareas a realizar según la categoría y es el convenio lo que le pueden exigir que aporte.
Ya luego, si tras ver sus tareas usted realiza otras eso ya es su problema