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certificado de discapacidad

5 Comentarios
 
14/09/2009 18:07
se me olvidaba, esta tramitado en oviedo asturias
14/09/2009 18:06
cuanto tiempo tardan en enviar la resolucion sobre el expediente de certificacion de discapacidad?
gracias de antemano
24/07/2009 09:06
REAL DECRETO 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.


Artículo 1. Consideración de personas con discapacidad.

1. De conformidad con lo previsto en el artículo 1.2 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, tendrán la consideración de personas con discapacidad aquéllas a quienes se les haya reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento.

2. Se considerarán afectados por una minusvalía en grado igual o superior al 33 por ciento:

a) Los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez.

b) Los pensionistas de Clases Pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

Artículo 2. Acreditación del grado de minusvalía.

1. A los efectos de lo dispuesto en la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, el grado de minusvalía igual al 33 por ciento se acreditará mediante los siguientes documentos:

a) Resolución o certificado expedidos por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) u órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente.

b) Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) reconociendo la condición de pensionista por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez.

c) Resolución del Ministerio de Economía y Hacienda o del Ministerio de Defensa reconociendo una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

A estos efectos, en ningún caso será exigible resolución o certificado del IMSERSO u órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente para acreditar el grado de minusvalía igual al 33 por ciento de los pensionistas a que se hace referencia en los párrafos a) y b) del artículo 1.2 de este real decreto.

2. A los efectos de lo dispuesto en la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, el grado de minusvalía superior al 33 por ciento se acreditará mediante los siguientes documentos:

a) El grado de minusvalía superior al 33 por ciento se acreditará mediante resolución o certificado expedidos por el IMSERSO u órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente.

b) Los pensionistas a que se hace referencia en los párrafos a) y b) del artículo 1.2 del presente real decreto podrán solicitar del IMSERSO u órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente, el reconocimiento de un grado de minusvalía superior al 33 por ciento. En estos supuestos, será de aplicación el baremo recogido en el anexo 1 del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía.

c) Cuando como consecuencia de lo previsto en el párrafo anterior no se alcanzara un grado de minusvalía superior al 33 por ciento, la correspondiente resolución o certificado se limitará a establecer esta circunstancia.
24/07/2009 09:04
Jose St.Boi yo estoy en tu misma situacion.Me refiero a que tengo una IPT.

Para tu informacion no es necesario el certificado de discapacidad.Vamos a mi no me lo han pedido nunca.La resolucion del INNS les es mas que suficiente para lo de las bonificaciones a los empresarios,que es lo que les interesa,para que vamos a engañarnos.

Hay un real decreto de diciembre de 2006 que equipara incapacidad total con un grado de minusvalia del 33% .


Lo del certificado de minusvalia suele tardar 1 año y como minimo por ley te tienen que dar un 33% al tener la IPT.Imagino que el certificado habras ido a tramitarlo a S.Boi(calle bonaventura aribau 11).
Yo lo tramite en Marzo y me dijeron que tardaria un año.

Saludos.
24/07/2009 08:01
hola
pues yo estoy en la misma situacion ,lo pedi hace meses y no se nada lo que tardan ,tengo una ip total tambien
saludos
Certificado de discapacidad
17/07/2009 12:50
wenos dias yo tengo una iptotal,solicite el grado de disminucio, es lo mismo k el certificado de discapacidad?esque no encuentro trabajo y el que encuentro me piden certificado de discapacidad gracias,si es asi tanto tardan? lo pedi en enero,,gracias