Cuando solicitas al mercantil una denominacion social tienes que indicar si es sociedad limitada,sociedad anonima..
Pero las fundaciones no van al mercantil en un principio es como las asociaciones van a un registro distinto y es ese registro el que te dice si puedes ono utilizar el nombre elegido. Existe el registro nacional de asociaciones y debe haberlo de fundaciones cuando no sea el mismo.
Para las sociedades es el mercantil el que te dira si la denominacion vale o no,por decirlo asi,te emitira el certificado de que la denominacion te la reserva a ti.La cuestion de la propiedad industrial es otra cuestion que no tiene que ver con la denominacion social.No se si te he aclarado algo.
Cuando el registro mercantil remite una certificación negativa por la denominación de nuestra empresa, incluye las fundaciones? porque si tiene un nombre parecido a una fundación según el Art. 406 y 408 de sociedades es ilegal!!! entonces icumpliria la propiedad industrial y ese es el motivo el cual el RM otorga su constitución, y en cambio el registrador se niega a su constitución???