En una vivienda arrendada con contrato antiguo, hace tiempo va un hijo a pagar la renta, a un Administrador de Fincas encargado de la gestión de cobro.
Se desconoce si el arrendatario, que debe tener bastante edad, aun está vivo.
¿Se puede exigir al hijo que va a pagar al Administrador, que aporte una fe de vida del arrendatario?.
De no ser posible, ¿Cuál sería la forma de saber si el arrendatario aun vive?.
yo tuve un caso pàrecido. una inquilina no estaba
en mi propiedad se iva al Peru, y dejaba a otros
personas en el domicilio, yo no sabia nada, pero
pagaban el alquiler, cuando vencio el contrato,
se fueron todos de una patada en la cola y se
termino la cuestion....y fue un revuelo de gente.
pero se fueron cuida que tu propiedad este en
buenas condiciones. saludos
Como he dicho, se trata de un contrato de arrendamiento antiguo, en base a la Ley de 1964.
El arrendatario es un señor de avanzada edad, que sospechamos pueda haber fallecido y sus hijos no lo han comunicado, para seguir haciendo ellos uso de la vivienda de forma ilegal.
¿Se puede solicitar directamente al Registro Civil, la fe de vida?.
Yo entiendo que no puede solicitar directamente del Registro Civil ese documento, pues se facilita sólo al interesado.
Tal ver lo que puede hacer es dirigir una comunicación a nombre del arrendador para que acredite seguir empadronado. Si ya no vive, el hijo no podrá presentarlo.