En las actas de las reuniones deben figurar todos los acuerdos alcanzados en ella. Sobre mostrarle ese acta el administrador o entregarle una fotocopia, no le veo mayor problema. Si no se la deja ver, pidasela al presidente o al vendedor.
Usted vive en una mancomunidad que la conforman 10 edificios. El presidente de su edificio como miembro de la mancomunidad que representa a su edificio ha firmado la aprobación de un préstamo. La pregunta: ese presidente les consultó o avisó a su vecinos lo que se estaba tramando?. Podría entender que las obras sean necesarias, pero no urgentes, y al menos debería informar a sus vecinos sobre lo que se les venía encima.
Dicho lo anterior y ya consolidado el asunto, usted pregunta sobre lo obligación de informar a un comprador sobre esta deuda, y yo le digo que si, salvo que usted la salde anticipadamente, pero si la dejará al nuevo comprador, evidentemente. El administrador debería advertirlo al nuevo comprador? Entiendo que si, porque aunque usted esté al corriente de los pagos fraccionados pasados y presentes, existe una deuda futura fraccionada que graba la propiedad.
Creo que es lo que pregunta.
Lo normal es que deba figurar, pero el administradir no tiene porque decir que existecuna deuda pendiente, dado que eso nomes una deuda.
Será usted quue deberá informar al comprador
Certificación de no existir cargas pendientes en la comunidad vecinos.
Vivo en una comunidad de vecinos compuestas de 1o edificios osea unos 200 vecinos, se ha aprobado a favor la derrama de unas obras en los 1o edificios, con un credito firmado por el presidente de la comunidad con el banco, nadie a firmado solo el, creo que es legal. la pregunta es cuando venda mi piso la certificacion ha de que constar que dicho credito esta pendiente ya que se ha firmado por 10 años a pagar mensualmente osea se terminara en 2.032, o me obliga ha cancelarlo por ser el propitario.
Saludos.