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certificación de cargas

3 Comentarios
 
Certificación de cargas
02/04/2011 10:54

Compañeros, en un ejecutivo derivado de cambiario he solicitado se me expida certificación de cargas de la finca embargada y que se requiera a los propietarios para que exhiban los títulos de propiedad(como todos sabemos nunca lo hacen). Ya me han devuleto cumplimentado de el registro el certificado, mi duda surge porque tras la reforma el secretario debe dirigirse de oficio a los titulares de los créditos anteriores para que manifisten si subsisten sus créditos . Entonces entiendo que debo aportar el certificado y pedir el avaluo de la finca por el secretario, solicitando asímismo que se requiera a los titulares de créditos anteriores si los hubiere.Me imagino que después el juzgado nos comunicará que se les ha requerido y una vez manifestado si subsisten o no los créditos y habiendo practicado el secretario el aváluo, pido que se saque a subasta.

Gracias a todos compañeros.
perfil ABQ
03/04/2011 12:13
A ver, compañero, creo que estás mezclando trámites. En primer lugar, el secretario no es que deba dirigirse a los titulares ..., debes pedir tú que lo haga, pues te interesará saber exactamente a cuánto asciende la deuda en la actualidad (también le interesará a los posibles postores). Tampoco el secretario valora el inmueble, sino que deberás pedir el avalúo, para que lo haga un perito judicial. Con ambos datos (el valor de mercado que dirá el perito, y las deudas que estén vigentes) ya se conocerá el valor real del bien. (Todo esto lo digo de memoria, así que espero que no haya cambiado en ninguna de las múltiples y recientes reformas procesales)
04/04/2011 20:51
Muchas gracias ABQ por tu ayuda. La lec se ha reformado en el sentido de que el secretario judicial debe dirigirse de oficio a los titulares de los créditos anteriores, en cuanto al avaluo por el secretario, perdona ha sido un lapsus, quería decir el perito judicial. Por eso andaba un poco perdido, porque tras la aportación de el certificado de cargas y solicitud de aváluo, no sé si el secretarío tiene que comunicarnos que se ha dirigido a los acreedores anteriores o es mejor que lo pida aunque tenga que hacerlo de oficio.

Gracias y un abrazo.
perfil ABQ
04/04/2011 23:35
De nada, gracias a tí, pues desconocía que ahora era preceptivo el trámite. De todas formas, ya sabes que cuesta cambiar las rutinas, así que yo lo pediría de todas formas, o comprobaría si lo ha hecho. Un abrazo