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Certific@

9 Comentarios
 
03/10/2010 13:00
no exactamente Sorgalim, pero esta dentro del mismo.......gracias a ti he entrado a ver si era y ya mas centrada que anteayer lo he encontrado.
Un saludo
01/10/2010 22:52
puede ser este ?
www.redtrabaja.es/es/redtrabaja/static/Redirect.do?page=index_certificados
01/10/2010 13:29
Alguien me puede pasar el enlace donde este lo de enviar el certificado mediante formulario web? me estoy volviendo mico y no lo encuentro.........eso me pasa por no ponerlo en favoritos.
Graciassss
30/09/2010 10:32
Subir a donde Shugart? ya dijiste el otro dia que no eras Dios, :D. Lo de la invitacion quedara para cuando me digas porque puede ser un problema que el empresario sea socio administrador de la SL donde ahora trabaja el trabajador, del tema "pasar de una empresa a otra" que aun me acuerdo, jajajaja. Weno, donde habria que subir para verle el careto al tito Shugart?

Carpincar, yo por mi 0 problemas, el dia 11 ya estoy de vuelta y en plazo para hacerlo, pero dile tu a la trabajadora que no vaya hasta esa fecha porque antes no tendra el certificado presentado, total a ella que mas le da si tiene 15 dias de plazo y luego me lo cuentas, :p. Bueno, como ya comente, en este caso como solo es una se lo dare mañana en papel. Y cuando sean mas de 10, pos mira, lo que dije tambien antes, los sacare en papel, me los llevare a mi casita y como me gusta mucho no desconectar del trabajo ni en finde ni vacaciones, ire pasando daditos online y listo......porque ni xml podre hacer....joer, esto de la telematica puede ser muy comodo y muy rollo a la vez. Lo que me toca las narices tener que venir un rato en vacaciones cada año a enviar los seguritos sociales de la leche, en fin.....nada todo claro para hoy.

Chaooo
29/09/2010 21:13
Los certificados de empresa para las que tienen más de 10 trabajadores se envian por certific@, siempre a partir del día primero que al trabajador le empieza a contar sus 15 días para solicitar el paro. Nosotros tenemos 10 días de plazo para tramitarlo telemáticamente. Por ejemplo, un trabajador que finaliza un 30-09-2010 y se le abonan 5 días de vacaciones: el certific@ solo podrás enviarlo a partir del 06-10-2010.
29/09/2010 20:57
Majoga, ya podrías aprovechar esas vacaciones para subir a verme e invitarme a algo... Creo que me lo he ganado después de atacarme con el tema de la modificación sustancial que planteaste, jajaja.
29/09/2010 20:00
Diselo a mis jefes.....yo mut, cuando nos peguemos la leche, al proximo año no me dan la semana que me queda en estas fechas. Anda que si fuera yo la que la pidiera.......me dirian lo que has dicho tu, porque es lo mas logico. Y luego lo otro, que lo he pensado despues, como no llega a 10 trabajadores se lo dare en papel.

PD: no creo que se pueda, con los seguros sociales no se puede, pero por probar...
29/09/2010 19:51
Si la empresa tiene menos de 10 trabajadores no es obligatorio expedirlo via telemática.
29/09/2010 19:50
De vacaciones en un mes de liquidación de impuestos??????? Que atrevida.Jajajaja. Me temo que no se puede tramitar previamente a la fecha de efecto. Pero aun así pruebalo...
Certific@
29/09/2010 19:12
Sabeis si se puede enviar un certificado de empresa por "adelantado"? Una trabajadora acaba contrato el dia 2 y yo a partir del lunes 4 voy a estar de vacaciones. Si se puede lo enviaria el viernes 1, sino, pues me lo tendre que sacar en papel y transmitirlo desde casa, que remedio.