Acabo de comprar un piso de segunda mano y pretendo reformarlo integrando el balcón en el salón. El proyecto inicial del edificio no contemplaba los cerramientos de los balcones, pero con el paso del tiempo los vecinos fueron instalándolos (edificio 25 años) hasta el día de hoy en los que prácticamente todos los tienen acristalados (yo mismo también).
Mi duda es si, una vez que se ha alterado la fachada modificando los cerramientos, la pared que antes separaba los balcones del resto de la vivienda se puede considerar interior o sigue siendo común, a efectos tanto de pedir permiso a la Comunidad de propietarios como a la valoración que se haga desde el Ayuntamiento del tipo de obra en cuestión (legal o no; mayor o menor).
He pedido al administrador copia del acta de la Junta en la que se aprobaron los cerramientos de los balcones y no tiene constancia de la misma.
Muchas gracias de antemano por vuestro consejo.