Hola.
Quería saber si los cerramientos de áticos sin licencia en Madrid (capital) son infracciones urbanísticas que prescriben a los cuatro años o tienen otro plazo (o directamente no prescriben). También qué implicaciones tiene el hecho de que el piso, que tiene un total de 158 metros cuadrados (69 de ellos de terraza, de los cuales 30 están incorporados a la casa, cerrados con ladrillo) esté escriturado en 89 metros cuadrados. Tengo entendido que las terrazas suelen ser elementos comunes, aunque de uso y disfrute del dueño del ático. Me gustaría saber ventajas e inconvenientes de esta circunstancia y si es posible modificarla.
Muchas gracias y un saludo.