hola mi urbanizacion de hace 15 años,esta abierta completamente al publico,por que quisimos cerrar y un local comercial nos demando y gano,por que si no los viandantes no podia acceder a su local.
mi pregunta es:
se podria aprobar un cerramiento que no afectase la antrada al local de los cllientes? independientemente de la sentencia que dice que no se puede prohibir el paso al local.que podriamos hacer? somos victimas de vandalismos por las noches en la zona comun.gracias.
gracias, la urbanizacion esta abierta el publico,pero es privada,se podria aprobar por 3/5 partes el cerramiento parcial,si la obra es necesaria para que no destrozen la comunidad los gamberos,y bugneren nuestros derechos.conservacion de elementos comunes,grafitis ,hogeras,etc..
acojiendome a este articulo?
a) Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquiera otras derivadas de la imposición, por parte de la Administración, del deber legal de conservación.