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Cerramiento de ventana de luz de escalera

10 Comentarios
 
Cerramiento de ventana de luz de escalera
24/10/2024 13:00
Buenas tardes.
Mi vecino de planta, por su cuenta y sin consultar con el resto de vecinos, salvo con el Presidente de la Comunidad, ha procedido al cerramiento de la ventana de luces que hay entre la escalera y su cocina.
Tengo entendido que este tipo de ventanas no puede cerrarse, pues su objetivo, entre otros, es dar luz natural a la escalera, en caso de fallo de la luz artificial.
Me he puesto en contacto con este vecino, para que dé marcha atrás con esta obra, pero se niega argumentando que el Presidente de la Comunidad le ha autorizado a hacerlo, siempre y cuando lo deje "enlucido y que quede bien".
Les agradecería que me informaran sobre el procedimiento que debo seguir, pues no se muy bien si enviar un burofax al Presidente, al Administrador de la Comunidad, o bien presentar una denuncia en el Juzgado correspondiente.
Muchísimas gracias a tod@s.
24/10/2024 16:01
Envie un escrito al presidente, indicándole la obra realizada y que según ese propietario, la ha autorizado él.
Le recuerda que para realizar obras en zonas comunes, es necesario el acuerdo de los 3/5 de todos los propietarios, y que él carece de autoridad alguna, para permitir obras en zonas comunes.
Le manifiesta, que si la obra no es revertida, a su origen, se reserva el derecho en emprender las oportunas acciones judiciales, contra el y el propietario en cuestión
25/10/2024 10:50
Asegúrese de que en las escrituras de su vecino aparece que tiene un vado de luces.
Si no apareciese, su vecino tiene todo el derecho a cerrar esa ventana desde su lado.
Del lado de la comunidad debería dejarlo como está.

En el caso de que en las escrituras apareciese el vado de luces, lo que aporta jalisco es lo que debería hacer.

En mi barrio hay decenas de pisos con la ventana que había en la terraza y que daba al rellano tapiada. Una gran parte por poner la cocina en la terraza.
Al no tener vado de vistas, las comunidades de vecinos no han podido pedir que se volviese a abrir.
25/10/2024 11:02
dawor
Para tomar una decisión sobre el cierre de una ventana en la escalera de la comunidad. La Ley de Propiedad Horizontal establece qué tipo de mayoría se necesita para que uno de esos vecinos, convencidos de sus derechos, no cierre el hueco por su cuenta y riesgo.

Si se trata de una alteración en un elemento común que afecte la seguridad, la estructura o la estética del edificio, se exige. Nada menos que una mayoría de tres quintos de los propietarios y su porcentaje equivalente de participación. Porque una ventana en la escalera no es solo una ventana; es luz y ventilación, la línea que separa lo sombrío de lo visible, lo que permite que los vecinos caminen a ciegas, pero al menos con algo de claridad.

Ahora bien, si esa obra altera la habitabilidad o la luminosidad de los espacios comunes hasta el punto de poner en riesgo la convivencia o la seguridad, es posible que se requiera incluso la unanimidad. En última instancia, es cuestión de principios: si alguien quiere apagar esa luz común, tendrá que enfrentarse a la democracia de las normas que rigen el orden de las cosas en la comunidad.
25/10/2024 14:46
Lo lógico y normal es que en las escrituras, no figure la SERVIDUMBRE DE LUCES ( no vado)
Y no por ello deja de ser un elemento comunitario, dado que como es lógico, el hueco de la ventana esta en una parte de la fachada comunitaria.
Por lo tanto, necesita 3/5 de votos para su cerramiento y sin tener en cuenta el presunto voto del ausente
25/10/2024 14:51
jalisco
En otros pisos, con el mismo problema, si que he visto las servidumbres en las escrituras.
En mi piso por ejemplo no aparecen y tengo una ventana que da a la terraza y al descansillo.
No la cierro por que no quiero, otros vecinos si que la han cerrado.

No hace falta que lo pongas en mayúsculas, me he confundido
25/10/2024 16:23
El que usted no la cierre porque no quiera, no quiere decir que un juez, en caso de denuncia, no le obligase, a dejar la ventana, en su estado primario
25/10/2024 16:39
jalisco
Jalisco, no tiene que llevar siempre la razón.
Si no existe la servidumbre en las escrituras el juez no te puede obligar a volver a abrir.
Con dejar la parte comunitaria sin tocar y cerrar por la cocina o la terraza es suficiente.
25/10/2024 17:05
De seguro, que el arquitecto cuando diseño dicho espacio, no lo realizó por capricho.
Lo hizo por dos motivos, da luz natural a una zona comun, y hueco para evacuación de humos.
Yo pienso eso, usted lo contrario.
Yo tengo derecho a pensar y expresar, lo que crea que es asi.
Usted tambien lo tiene.
Mientras no se muestre una sentencia que dictamine la resoluccion, el enigma queda sin resolver
25/10/2024 20:15
Nihills
Lo primero decirle que el presidente no tiene poder ejecutivo para tomar ese tipo de decisiones y al administrador se le debió consultar sobre este tema que como profesional daría el mejor consejo.
Las comunidades de propietarios llevan forma de gobierno parlamentario, es decir, todo (salvo casos urgentes) se han de tratar y aprobar en junta, previa inclusión en el orden del día. El cierre de esa ventana y autorizado por el presidente es propio de la ignorancia, no me cabe otra cosa.
Pero ahora como proceder?. Cómo ya le han dicho, comunique de forma fehaciente al presidente y del administrador para revertir a su posición anterior esa ventana, y de no hacerlo tendrá que iniciar la correspondiente demanda al presidente y a ese propietario por alterar zonas comunes sin consentimiento de la junta de propietarios, perjudicando a la misma al reducir iluminación y ventilación. Esto conlleva de abogado, es decir, tendrá que rascarse el bolsillo. Los abogados no trabajan gratis.
29/10/2024 10:29
Buenos días.
Quiero dar las gracias a todos, por haber dedicado parte de vuestro tiempo a responder mi pregunta.
Gracias de corazón..!!!