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cerramiento de un balcón

5 Comentarios
 
Cerramiento de un balcón
21/11/2019 10:01
Mi consulta es sobre un cerramiento de un balcón hace 17 años estamos arreglando la fachada y medí en qué debo quitar los cajones de las persianas y que los debo tener por dentro no en la fachada esto es así después de tanto tiempo sin que nadie de la comunidad se haya quejado. Un saludo gracias
21/11/2019 17:31
Holaquehase
Que la comunidad después de tiempo, nada diga algo al respecto, no quiere decir que consientan las ilegalidades urbanísticas.
(Ud posee licencia municipal y el permiso de la comunidad está reflejado en algún acta?
21/11/2019 19:22
Holaquehase
las obras ilegales despues de tanto tiempo ya han prescrito
https://comunidadhorizontal.com/comunidad-de-propietarios/jurisprudencia/demandar-otro-propietario-obras-elementos-comunes-prescripcion.php
en el ayuntamiento prescriben a los cuatro años
21/11/2019 20:18
Holaquehase
Recuerdas la fabula de Esopo "el lobo y el cordero".

Tu comunidad es el lobo y tu el cordero/a el caso es que se trata de reparar la fachada, y te dicen que debes cambiar lo que tu llamas cajones y yo tambores hacia adentro y con eso basta.

Pero ellos no saben que unos tambores de unas persianas colocadas en un cerramiento, no se pueden cambiar porque al no haber fabrica de ladrillo , ya que es una estructura de aluminio, hay que colocarlos por fuera.

Que ocurre con los tambores, ¿que impiden la reparación de la fachada?, no es cierto, porque no están enclavados en ella sino en la estructura de aluminio.

Puede que no se atrevan a decirte que quites el cerramiento, y lo mismo que el lobo hizo con el cordero fue buscar un pretexto para comérselo.

Si no quieres problemas a pesar de que te quedarías sin persianas, anula estas y coloca estores o algo parecido, pero ¿se conformara el lobo? o lo que buscan es otra cosa.

La Ley de Propiedad Horizontal no establece un período de tiempo concreto o unos requisitos que determinen la concurrencia inequívoca de un consentimiento tácito de la comunidad ante este tipo de actuaciones.

El Tribunal Supremo estableció los siguientes requisitos para poder hablar de consentimiento tácito:

i) Conocimiento por parte de la comunidad y actitud pasiva;

ii) Transcurso de un período largo de tiempo;

iii) Evidencias de consentir la obra;

Tu caso sin duda puede caber en estos supuestos.

Y como bien dice mi predecesora en los comentarios, el ayuntamiento nunca te sancionaría porque el incumplimiento de las normas urbanísticas de tu ciudad habrían prescrito, máxime cuando se hizo el cerramiento no se denuncio.

Saludos y suerte
22/11/2019 17:45
juanchito
Prescriben a los 4 años, a contar de cuando se abra expediente, osea, a partir de que el ayuntamiento se de por enterado, es el propio ayuntamiento el que pone fin por prescripción, que nada tiene que ver con el tiempo que lleve ahí la obra ilegalizada.
22/11/2019 18:51
pen24
Haber pen24:

La denuncia por un cerramiento ilegal la podía haber hecho la comunidad y no lo hizo.

El ayuntamiento podía mediante oficio haber iniciado un expediente contra Holaquehase por un cerramiento ilegal sin licencia y no lo hizo.

Según mi criterio y puede que yo este equivocado.

Prescripción:
La prescripción es el plazo que tiene el Ayuntamiento para perseguir las obras ilegales que se han realizado.

Caducidad:
la caducidad es el plazo que tiene el Ayuntamiento para que, una vez iniciado un procedimiento, lo resuelva y dicte una resolución expresa.