Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

cerramiento de terraza

7 Comentarios
 
Cerramiento de terraza
10/05/2012 13:26
En mi comunidad de vecinos solo hay dos pisos por planta (los interiores y los exteriores) que son exactamente iguales en distribución. De los interiores, todo el mundo tiene la terraza incorporada al salón, pero de los exteriores solo está el del ático que la tiene cerrada, aunque se ve muy poco desde la calle y , del resto de terrazas normales no hay nadie. Tengo la autorización de la junta para poder hacer el cerramiento, pero como siempre hay un vecino al que no le hace nada de gracia que se cierre una terraza que da a la calle porque dice que se estropea la estética de la fachada y me puede poner problemas. Quiero saber si alguien me pone algún problema porque no hay ninguna otra cerrada en la fachada principal, que si tanto el ático como las interiores cuentan igual ya que son de la misma finca y poder yo argumentar que si los demás vecinos las han cerrado hace mucho tiempo yo tambien tengo derecho a hacerlo.
10/05/2012 20:45
Para cerrar una terraza hace falta autorización de la comunidad de vecinos y del Ayuntamiento.
Si la autoridad ha autorizado o permitido el cerramiento a un vecino no puede prohibírselo a otro.
El problema es que cualquier vecino puede denunciar, y todos los que tengan la terraza no legalizada por el Ayuntamiento pueden temer este caso, o sea que a los vecinos que tienen cerrada su terraza tampoco le interesa que te causen problemas.
10/05/2012 22:23
Lo malo es que normalmente, salvo raras ocasiones, estos cierres son ilegales urbanísticamente.
Lease el PGOU de su provincia.
11/05/2012 08:03
Efectivamente, el resto de los vecinos de los patios interiores no tienen los permisos oportunos del ayuntamiento porque como se suponía que esa fachada interior no le importaba a nadie, lo hicieron sin permisos y nadie dijo nada (incluyendo este vecino "problemático" que lleva toda la vida viviendo en esta misma casa y que para colmo es arquitecto) . Las terrazas llevan más de 10 años cerradas (incluyendo la del ático), por tanto, ya no se pueden denunciar. Si este vecino (que sería el único que me podría poner problemas, porque los demás ya saben lo que quiero hacer y no tienen ningún problema, además de que me apoyan) ¿podría argumentar que los cerramientos de las fachadas interiores tienen el mismo tratamiento que el de las exteriores y por tanto si ellos lo tienen también lo puedo hacer yo?.
En cuanto a la petición de licencias del ayuntamiento, mi idea era hacerlo todo legal y quitarme de problemas con este señor, pero he empezado a pedir información para solicitar el cerramiento y solo se puede hacer a través de una solicitud conjunta (no vale el permiso individual que yo tengo) en junta de vecinos para que la pudiera cerrar cualquiera que quisiera, hacer un proyecto conjunto visado por el colegio de arquitectos, etc., etc., y aunque yo estoy dispuesta a hacerlo todas las empresas que me vienen a presupuestar el cerramiento me quitan la idea porque me dicen que nadie lo hace porque el ayuntamiento solo pone problemas y que es mejor hacerlo ilegal. Por eso, tengo tanto interés en si opto por esta via, poderme defender ante este vecino que me pueda poner problemas y yo poder argumentarle que los demás también lo han hecho y yo tengo derecho también.
* Este señor es arquitecto
11/05/2012 09:52
Para empezar cuando dices cerramiento me gustaria saber de que estamos hablando ¿la tipica carpinteria de aluminio con ventanas correderas y acristalamiento?. Pues bien una vez que le den permiso por mayoria en junta, ya lo puede hacer, y claro que puedes ir y pedir el permiso al ayuntamiento como lo hacen 0.01% del resto de españoles, nadie pide permiso para eso como ya te dijeron las empresas.
La actitud de tu vecino arquitecto no me extraña para nada, el 99% de ellos se creen santiagos calatravas o chillidas
11/05/2012 10:02
Sí, estamos hablando de cerrar la terraza y tirar el tabique interior (donde actualmente están las ventanas) y darle el espacio de la terraza al salón. En definitiva, introducir la terraza en el salón, que es lo que han hecho todos, pero insisto, en la fachada interior que da a un patio de manzana. Pero lo de ir al ayuntamiento para que me den la licencia, veo en un montón de foros que no me lo van a dar.
11/05/2012 10:17
Lo de las licencias es un tema totalmente recaudatorio, no veo ningún impedimento o motivo por el que no te la vayan a dar ya que lo que tu vas a realizar son obras menores, el "problema" es que con casi toda seguridad te pedirán algún tipo de proyecto o memoria de lo que vas a hacer redactado por un técnico (tienes que gastar dinero), luego tendrás que presentar un presupuesto sobre el cual ellos a su vez calculan las tasas a pagar y por ultimo tendrás que esperar la resolución que depende de los ayuntamientos, igual te la dan en 1 mes que en 5. Vamos que eso de no te la van a dar me suena a cuento chino. Doy por supuesto que vives en una zona normal y corriente de cualquier ciudad española y que no vives dentro de un casco historico o zona protegida por su arquitectura tradicional ni historias raras ya que entonces si podrias encontarte con alguna traba burocratica.
11/05/2012 10:43
Es preciso disponer del consentimiento y autorización por parte de la Junta General de Propietarios; es necesario y conveniente además, el cumplimiento de otro requisito consistente en que efectivamente se solicite y obtenga licencia municipal; lo cual dependerá de cumplimiento de la normativa urbanística del municipio donde se sitúe el inmueble. Es necesario pues, contar con las dos autorizaciones mencionadas; es decir la de la Comunidad de Propietarios y la municipal; ya que efectivamente si no se obtuviese licencia municipal y denunciase algún vecino o particular, cabria el riesgo de que en el correspondiente expediente administrativo que se instruyese al efecto se acordase la demolición del cerramiento una vez realizado este; todo ello dependiendo del número de años de la realización del mismo; ya que en general las infracciones urbanísticas suelen prescribir a los cuatro años.