Necesitaria saber si existe alguna ley urbanistica o de otro tipo, en la que salga que el cerramiento de una terraza prescribe al cabo de X años.
Vivimos en Barcelona, y cerramos una terraza hará más de 15 años, ya sabemos que está fuera de ordenación, pero nos han dicho que hay alguna ley en la que figura la prescripción .
¿Influye en esto el uso que le hayas dado al interior de la misma?? Que problemas podemos tener?? Muchas gracias.
Las Infracciomes Urbanísticas (en principio) prescriben a los 4 años.
El cerramiento de una terraza es mas un tema de Propiedad Horizontal o Comunitario.
Muchas gracias, canosarq. En lo que se refiere al tema comunitario, tenemos las firmas de conformidad de los vecinos, además figura en acta de reunión.
Por otro lado, lo que nos comentas de que en principio, las infracciones urbanisticas prescriben a los cuatro años, no lo encontramos por escrito.
Tú nos podrias decir donde aparece?? Para estar más tranquilos, ante terceros, como por ejemplo un posible comprador?.
La ley del suelo no es aplicable en tu caso ya que como dices resides en Barcelona mira el Plan Metropolitano de Barcelona y las Ordenazas urbanísticas del Ayuntaminiento de Barcelona, ambas estan publicadas en la página web del Ayuntamineto. En mi opinion está prescripto tanto la infración urbanística como una supuesta ordenb de demolición. Además si tienes la conformidad de la comunidad de propietarios en el cerramiento de la terraza puedes estar tranquilo a la hora de una posible venta.