Gracias dsg29, efectivamente la cantidad no excede de los 20 días por año, y a mi insistencia de querer ir al CEMAC, y a negarse la empresa, mi abogado me ha dicho exactamente lo mismo que tú, así que ahora mismo ya estoy tranquila y no iré al CEMAC....Muchísimas gracias por vuestra atención, un abrazo.
La cuestión no es cómo lo quieran considerar ustedes o lo quieran reflejar. La cuestión es si el importa de esa indemnización superar realmente lo establecido para este tipo de despidos (20 días de salario por año de servicio con un máximo de 12 mensualidades).
Si esa cantidad no lo supera, la indemnización está exenta en todo caso.
Ante el CEMAC, las partes no precisan acudir con abogado, (ni tampoco en caso de llegar a juicio), si como se prevé se pretende llegar a acuerdo no hay problema alguno.
La empresa puede pretender lo que quiera si usted acude al cemac, ellos pueden acudir o no pero en éste segundo caso se segura el procedimiento y sr les citará a juicio, en cuyo caso pueden ser condenados en costas.
La decisión es suya y solo suya.
Muchísimas gracias Jamgrrhh28, es lo que me gustaría....pero me acaban de decir que no, insisten que no es necesario ( yo creo que no les gusta...igual porqué tienen que pagar al abogado ese servicio)...y que no va haber ningún problema en el futuro.
Parece que que al final me van a decir que son lentejas "O las comes o las dejas"....me dices por si se considera salario...pero es qué habrá una carta con el detalle de ese dinero como indemnización...y otra con el finiquito eso no es suficiente para demostrar que es indemnización y estár exenta del I.R.P.F.???
Cómo poco citar a la empresa al acto de conciliación y para más seguridad acordar mediante celebración del juicio, tardará más en cobrar pero se asegura de problemas tanto del pago de la indemnización asi como de qué sea considerada salario y por tanto conlleve tributación de IRPF
Buenas tardes, me han comunicado que cesaré en mi empresa el próximo 12 de febrero, por causas objetivas, no hay dinero en la empresa, desde luego el despido está más que justificado.
Me han dicho que no será necesario pasar por el CEMAC, que por esos motivos y por ser una indemnización de 47.000 euros, si estoy conforme, no iremos, pero tengo toda clase de consejos mientras unos me dicen que sí, otros que no es necesario.
Me dicen que si no voy al CEMAC, hacienda se quedará una parte de mi indemnización, otros dicen que no hace falta ir, ya que con ese despido está más que justificado y hacienda no se quedará nada....alguien sabe que es mejor?.