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cedula de habitabilidad

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Cedula de habitabilidad
13/03/2007 16:12
Buenas tardes, tengo un problema con un tema desde mi punto de vista a caballo entre derecho civil y derecho urbanístico. Os expongo el caso:
En 2004 mi hermana y yo nos decidimos a dividir una vivienda unifamiliar en 3 pisos, para lo que contratamos al arquitecto que nos redactó un proyecto, solicitamos la correspondiente licencia y se ejecutó la obra conforme a proyecto, escriturándose la nueva situación del edificio y registrándose las 3 viviendas como unidades independientes en el Registro de la propiedad.
En el último mes hemos vendido uno de los pisos, realizándose la compraventa ante notario y registrando el piso a nombre del comprador sin encontrar la más mínima objeción ni por notario ni por registrador.
La semana pasada solicitamos a iberdrola el suministro el cual nos es denegado por no tener cédula de habitabilidad. El ayuntamiento no nos la concede porque dice que se trataba de una vivienda unifamiliar. Independientemente de la responsabilidad administrativa del ayuntamiento en Extremadura existe un Decreto 158/2001 que regula la concesión de cédulas de habitabilidad e impone la obligación al notario de solicitarla en el momento de proceder a la compraventa.
Nuestro notario no sólo no la solicitó sino que a la llamada del técnico del ayuntamiento pidiendo explicaciones se escuda en que no hacía falta porque todo parecía legal. Por supuesto ya cobró su minuta.
¿Como puedo pedir responsabilidad al notario por incumplir su obligación y el consiguiente resarcimiento por daños y perjuicios? ¿Hay posibilidad real de ganar este pleito? Gracias por todo y siento haberme extendido.