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Cédula de emplazamiento. ¿tengo que ir presencialmente?

3 Comentarios
 
27/07/2022 19:20
No es cosa de suicidarse por una pequeña deuda. Olvide el asunto y siga con su vida. Es posible que lo acechen en el futuro si tiene algo a su nombre, pero ahora no le pueden embargar nada y nadie tiene por qué enterarse, si es que en realidad el asunto coronó en un embargo. Pase página.
27/07/2022 13:24
Buenas tardes estuve de viaje por la enfermedad de mi abuela ,
al llegar vi notificacion del juzgado ,
fue a correos y lo recogi era cedula de emplazamiento ,
y que coresponde a una deuda que la teni en finales de 2019 antes de la pandemia ,
y que es de 1995€ y realmente no tengo este dinero , no tengo trabajo , ni sueldo , ni nada a mi nombre , y no se como actuar , no conozco a ningun abogado ni puedo pagarlo y el juzgado que me envio es en otro municipio , y no se como actuar ni que hacer y tengo mucho miedo hasta pienso suicidarme para acabar de esta pesadilla terrible , mi familia no saben nada ni puedo explicarle nada , que puedo hacer que debo hacer
gracias
09/07/2017 08:36
Stringerbell
Sí, el Abogado se personará por Usted con Procurador y no hace falta que vaya por el momento al Juzgado.

En vía civil no se juzgan delitos, además, una vez juzgado, no se vuelve a juzgar de nuevo.

Abogados Legil.es
Cédula de emplazamiento. ¿tengo que ir presencialmente?
07/07/2017 01:11
Hola,

Hace un par de días recibí una cédula de emplazamiento por una demanda que una persona ha interpuesto tanto contra mi seguro de coche como contra mi personalmente. Todo es relativo a un accidente de tráfico que tuve hace dos años y medio.

En la cédula pone que tengo 20 días hábiles para comparecer en los juzgados, pero el abogado de mi seguro, que va a defenderme, me ha dicho que no tengo que ir en absoluto, que la contestación a la cédula de emplazamiento la hace él a través de una plataforma digital de la que disponen los abogados. Me fió de su criterio, pero no me esta atendiendo todo lo que es debido y quería asegurarme de que esto es así y no se me va a considerar en rebeldía por contestar a la cédula de esta manera que él comenta.

¿Alguien sabe si el procedimiento que menciona mi abogado es el correcto?

De camino me gustaría preguntar algo respecto de la denuncia. El proceso es civil, y el demandante pide una indemnización por daños físicos, pero en su demanda me acusa personalmente de no actuar de forma correcta durante el accidente, cosa que no es real... Al fin y al cabo mi pregunta es, ¿Si es un proceso civil se va a estudiar o valorar si yo cometí algún delito? Ya hace dos años hubo un juicio de faltas al respecto y debió prescribir o se archivo, porque no he vuelto a saber nada al respecto hasta ahora.

Muchas gracias por adelantado.