Trabajo en la recepción de unas oficinas, y ya me ha pasado varias veces que un agente judicial se presenta para entregar cédula de citación de caracter personal a compañeros de la oficina. Según tengo entendido, las notificaciones personales deben ir dirigidas al domicilio de la persona, que la debe recoger ella misma, o en su defecto, parientes o empleados de la persona, no?
Yo no trabajo para esas personas, solamente son compañeros. Así pues, no siendo el domicilio privado, no siendo familiar ni empleado, ¿la ley permite que yo reciba la cédula de citación? es más, ¿la ley permite o obliga? El abogado de la empresa me dijo que si es una notificación personal no las cogemos, que la ley no obliga.
El caso es que la semana pasada una agente judicial trajo una citación para un trabajador que estaba de viaje a la otra punta de España. Yo le dije que no la podía coger, y ella, insistiendo que ella no es de correos, que es Agente Judicial y que conoce la ley, me insistió en que yo PODÍA cogerla y que si no lo hacía, que entenderían que nos negábamos a coger la notificación. Tras esto, tomó nota de que nos negábamos a coger la notificación y, tal cual, la dejó encima de mi mesa.
¿Hay obligación legal por mi parte a coger una citación para un compañero de trabajo? ¿Pueden dejar la notificación encima de mi mesa, a pesar de que yo no firmo nada? ¿Tiene algún tipo de valor notificativo real ese papel por el cual yo no he firmado? ¿Soy responsable de ese papel que me han dejado encima de la mesa?