Buenas noches, el tema es que mi ex marido me va a ceder su 50% de la vivienda que teníamos en común. Tengo claro que debemos ir notario y formalizar el tema adjudicándome la titularidad al 100, y asumiendo yo el pago de la hipoteca. El préstamo hipotecario se queda igual. Con lo del notaria iría a Registro Propiedad. ¿Se me escapa algún otro trámite, algún impuesto que afecte? (Islas Canarias). Muchas gracias¡
En cuanto a la extincion de condominio no van a tener problemas, si ambos estan de acuerdo en que usted ostente el 100 por cien de la titularidad de la vivienda.
El problema esta en que segun dice usted el credito hipotecario seguira como hasta ahora, por lo que entiendo ambos seguiran figurando como codeudores. Aunque usted tenga el 100 % de la titualaridad, su ex marido va a seguir siendo deudor de la hipoteca. Imagenese que por cualquier circunstancias usted dejara de pagar la hipoiteca, el banco se dirigiria hacia su ex marido, como codeudor solidario.
Lo que tendran que hacer es acudir al banco de la hipoteca y realizar una novacion de hipoteca, excluyendo a su ex marido de la misma. El problema esta en que los bancos actualmente ponen muchisimas pegas a excluir a un deudor, salvo que se aporte a la hipoteca un deudor solidario solvente y que el banco lo acepte.
A grandes rasgos seria lo mas sensato para su exmarido, excluirse la hipoteca, pues sino va a a estar vinculado a ella hasta que finalice, a pesar de no tener nada ver con el inmueble.
Muchas gracias topi, por temas que no corresponde mencionar por ahora decidimos dejar así la hipoteca. En realidad la duda era si esa extinción de condominio está sujeta a algún tipo de gravamen / impuesto. Gracias¡