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causas de despido

6 Comentarios
 
Causas de despido
12/12/2004 11:49
puede ser una causa de despido la falta de confianza en el trabajador, por favor contestar rapido es urgente
12/12/2004 14:31
hola, el empresario puede alegar cualquier cosa justificada como causa de despido, lo que ocurre es que después hay que probarlo, y si no está justificado el despido podrá ser improcedente o nulo y tener derecho el trabajador a una indemnización o a la readmisión.
En la carta de despido se puede alegar la falta de confianza, pero después hay que aportar datos concretos, que me imagino no existirán porque si no habrían sido expuestos en la citada carta.
12/12/2004 16:04
y como puedo mostrar la falta de confianza?
12/12/2004 18:39
Lo que quiero decir es que la falta de confianza no es motivo de despido en sí, salvo que el contrato sea de personal de confianza, que cesa cuando cesa quien lo nombró o cuando se pierde la confianza en esa persona.
El despido puede ser por causas objetivas (ineptitud, falta de adaptacion del trabajador, faltas de asistencia -no por estar de baja médica- o por causas disciplinarias (ofensas, insultos, abuso de confianza, embriaguez o drogadicción que repercutan negativamente en el trabajo...).
12/12/2004 18:54
Con tu permiso, compañero Sixto. No esperaba tu contestación y antes de enviarla, ( la he copiado) al mirar nuevamente advierto la tuya. Por ello he agregado este párrafo.

Hola Olga: Con tu pregunta se deduce la carencia de confianza o que el trabajador haya entrado en un estadio de lo que se denomina “estado de desgracia o que el trabajador haya caído en desgracia laboral”. La falta de confianza del empresario hacia el trabajador puede estar motivada por un incumplimiento demostrable o por una suposición solamente. Pero esta última, no es suficiente para que el empresario pueda despedir y que además se considere el despido procedente. Es necesario que se realice una exposición pormenorizada de los hechos, y que tras la prueba de los mismos, se derive un incumplimiento grave y culpable o se determine una sanción menor por el juez.

Como muy bien te dice el compañero que me precede, el despido es una institución causal y para que éste sea válido exige que la decisión del empresario tenga que fundarse en un incumplimiento grave y culpable (que el trabajador sea también consciente de ello) de los enumerados o asimilados en el art. 54 del Estatuto de los Trabajadores, y no en un mero capricho o arbitrio. En el Derecho laboral no se admite el despido “ad nutum” o sin causa.

Ahora bien, dices que como puedes mostrar la falta de confianza. Simplemente, si tu voluntad es despedir, ya no tienes que demostrar nada, pero si cumplir con un procedimiento en el que se exige que le entregues una carta en la que figuren los hechos (aunque sean inventados) que lo motivan y la fecha en la que el despido tendrá efectos. En la misma carta podrás reconocer la improcedencia del despido y también informarle del deposito (que deberás hacer en un plazo máximo de 48 horas) a su favor de la correspondiente indemnización en el oportuno Juzgado de lo Social, para paralizar los salarios de tramitación.

Por último, si no lo tienes claro, será mejor que confíes en un profesional y a la postre te resultará más barato y conveniente.

Que os vaya bien a los dos.
12/12/2004 20:33
muchas gracias por contestar, pero el tema es mas delicado porque la trabajadora esta de baja por enfermedad, aun asi quiero despedirla pero este no es el motivo, puedo hacerlo aun estando de baja? por favor contestar pronto, yo estoy dispuesta a indemnizar y a todo con tal de quitarmela del medio porque si no me tendre que esperar al alta y ya no cobrara ni seguridad social no nada de nada, en todo caso el paro
12/12/2004 21:34
Hola Olga. Tu sabrás la razones y en todo caso es tu decisión. También es posible, pero cambiando los argumentos.

Insisto, en que un profesional, cumpliendo con su trabajo, sabe que es lo que debe hacer.

Que te vaya bien