el texto de las comunicaciones está pregrabado, por lo que no debe deducirse una clara intención de sancionar.
la intención es que se regularice de modo inmediato, recordando que es una obligación legal cuyo incumplimiento es sancionable.
En principio no necesitas Abogado.
Cualquier impuesto o sanción dimanante de las obras realizadas hace 20 años, ha prescrito. Si te reclaman algo presenta un escrito alegando prescripción.
Pues yo creo que el Catastro, tiene suficientes medios para actualizar cada cierto tiempo, la situación actual de las edificaciones. En especial a través de la cartografía aerea.
Antiguamente, el Catastro hacía revisiones periodicas a través de los Ayuntamiento, enviando unos equipos técnicos a los mismo y dando publicidad, para que los ciudadanos puedan comparecer si lo estiman conveniente.
Buenas tardes,el motivo de mi consulta es que he recibido una carta de la oficina de colaboración con la gerencia del catastro
del municipio de Mairena del aljarafe (Sevilla) en la cual me dicen que los datos de mi casa no concuerdan con la situación actual
del catastro. En mi casa se hicieron obras (se abrio una buardilla y se amplio unos pocos metros la cocina con parte de patio,
pero de eso hace al menos 20 años. Tambien dice la carta que tenía que haberlo declarado en un maximo de dos meses desde que
se terminó la obra. Mis dudas son ¿Despues de tantos años estoy obligado a declararlo? Si asi fuera y tuviese que pagar ¿seria
con carácter retroactivo o despues de tanto tiempo ha prescrito? Tambien me ponen en la carta que de conformidad con con lo dispuesto en el art. 70 a)
del real decreto legislativo 1/2004 de 5 de marzo, mediante el cual dicen que la falta de presentación de la declaración de
alteración catastral es constitutiva de una infracción tributaria simple, que tampoco se si tendría caracter retroactivo este decreto ley, y por
último saber si necesitará un abogado para este tema o lo podría solucionar solo.