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Catastro y Renta

3 Comentarios
 
Catastro y renta
perfil pil
02/10/2014 11:06
Buenos días:
Lo primero agradecer la ayuda que prestan los profesionales.
Y ahí va mi consulta.
Matrimonio en régimen de separación de bienes 1997, en el 98 se compra vivienda a nombre de la esposa. Durante este tiempo ha habido desgravación por compra de vivienda en la liquidación de IRPF.La verdad es que he mirado que la referencia catastral fuera correcta, y nada mas con respectoa la vivienda. En Agosto de este año he pagado la última cuota del préstamo hipotecario.Bien, pues viendo datos al respecto en la página del Catastro, me da por consultar mis datos y observo, que consta mi marido como titular al 100% y a mí no se me refleja ninguna referencia catastral.
Puede ser ése el motivo x el que este año no ha incluído la Agencia Tributaria la dedución por vivienda habitual? Y ahora cómo hago para subsanarlo?
La vivienda se compró sobre plano, a la promotora.
Si necesitan algún dato más para ayudarme, lo daré
De nuevo gracias anticipadas
perfil pil
05/10/2014 09:08
Nadie sabe qué implicaciones conlleva lo expuesto y cómo arreglarlo?
Saludos
05/10/2014 13:04
Si la vivienda se compro por la esposa, en el catastro debe aparecer la esposa: si no es así, hay que dirigirse al catastro y solucionarlo, aportando copia de la escritura de compra.

Es extraño que si desde 1998 la esposa se ha estado deduciendo por vivienda habitual, y el titular catastral es el esposo, no hayan existido problemas, salvo que las declaraciones se hayan presentado en conjunta.

En los datos fiscales, o en su caso, el borrador que confecciona la AEAT debe constar todos los años a quien esta atribuyendo la AEAT la titularidad de la vivienda: en este caso, lo normal es que coincida con el titular en el catastro.

Si Vd. ha declarado correctamente, de acuerdo con la titularidad real (la que consta en la escritura de compra), no debe tener problemas con la AEAT: en caso de comprobacion, basta con aportar escritura de compra, o nota simple actualizada de la vivienda en el Registro de la Propiedad.

Si todavia no ha recibido la devolucion del ejercicio de 2013 (declaracion que se presenta en 2014), eso no significa nada: en el supuesto de que la AEAT considerara que Vd. ha declarado mal, según los datos de los que dispone, le enviaran o bien un requerimiento o bien una propuesta de liquidacion provisional: en ese caso, alegue presentado la documentación que le he indicado, así copia de la escritura del préstamo hipotecario y de los recibos del préstamo, en los que coste Vd. como titular del mismo.
perfil pil
06/10/2014 08:40
Gracias ciclope. Efectivamente, la declaración es conjunta desde siempre. Y no sé de dónde arranca el error, y no me he dado cuenta si la Agencia Tributaria, ha tenido siempre como titular a mi marido.La devolución del ejercicio 2013 ya la he percibido, lo que tengo que solicitar es la diferencia por no contemplar la deducción por vivienda habitual.-
Como usted me indica estoy preparando la documentación para llevarla al Catastro y que lo pongan de acuerdo a como consta en la escritura y aparece en el registro de la propiedad, donde pone bien clarito que el bien es privativo.
Saludos, y muchas gracias. Si tuviera usted o alquien alguna puntualización más estaré encantada de leerla.
Gracias de nuevo-