Pero si el catrastro te esta cobrando IBI como vivienda habitable,,te la esta declarando como vivienda con lo cual si tienes problemas con la comunidad de propietarios al ayuntamiento no te pueden denunciar ya que ellos reconocen tu local como vivienda.
Asismismo,,si hace varios años que pagas IBI en estas condiciones es una prueba para que tampoco te denuncien en un juzgado,,,con lo cual a todos los efectos tu local seria una vivienda habitable.
Os comento lo siguiente, soy propietaria de un local-oficina que lo uso como vivienda habitual. En las escrituras figura como local-oficina, sin embargo, he consultado la oficina habitual del catrato y figura como vivienda. A la hora de precisar su situacion legal, quisiera saber si prevalece el catrasto o el registro.
Gracias por vuestras respuestas.