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catastro de vivienda antigua

8 Comentarios
 
12/02/2012 11:39
En ningún caso se me ocurriría dudar de tu competencia y honorabilidad, Veo.

Disculpa si con lo dicho ha parecido otra cosa.
perfil veo
11/02/2012 01:25
buenas, alga
pues "veo" es técnico, y a criterio general, además de legal, tiene ganado lo de competente aunque hay muchas cosas que ignora, más cada día
sabe lo que es una vivienda, también lo que es una vivienda aunque no cumpla determinados parámetros estándar, y no ve problema legal en certificar lo que cada cosa es a su criterio, sin que eso signifique que sea propenso a acomodar su criterio a las pretensiones del peticionario
y, por supuesto, sus certificaciones valen lo que sean apreciadas por quienes tienen facultades de resolver en base a ellas, ni menos ni más.
grarogui dice que es una vivienda y, aunque no la he visto ni he de certificarlo, no hay nada que me haga suponer que no es una vivienda, por lo que en este plano de supuestas verdades no veo problema legal en que un técnico competente certifique lo que ve, que será o no será lo que indica grarogui, que será, a criterio del firmante, lo que indica en el documento que firma, y que servirá más o menos a las pretensiones de grarogui según ese documento merezca el aprecio de quien haya de resolverlas
08/02/2012 08:11
Muy bueno veo.

Como bien sabes alga no puede certificar eso. Por tres razones.

a) Porque no es técnico competente ni incompetente para firmar ese documento. Sencíllamente no es técnico.

b) Porque si lo fuese, jamás certificaría la existencia de una vivienda ( aúnque el cubertizo se use como tal ), si la construcción no cumpliera con los requisitos legales de habitabilidad, seguridad, salubridad y accesibilidad que a toda vivienda se le exige para ser usada.

c) Porque si fuese técnico competente, certificaría la realidad existente para que quien tenga que calificar si es o no vivienda tenga los datos suficientes a su disposición.

Un saludo.
07/02/2012 20:52
gracias por todas las respuestas, ya veremos como se van sucediendo los acontecimientos
perfil veo
07/02/2012 17:23
¿qué más da alpendre, o alpendre con actual uso de vivienda?
casi cualquier arquitecto (menos Alga y algunos otros) certificará que lo que ve allí es una vivienda, y que puede estimar la antigüedad de su construcción en aproximadamente "tantos" años (lo que estime)
no sé dónde está el problema
aquello es lo que es y está hecho de cuando está hecho, y así puede constar en cualquier documento
si tiene licencia o no la tiene, si es legalizable o no lo es, y lo mismo registrable, si la infracción ha prescrito o no ha prescrito, no son temas que afecten al arquitecto
el notario podrá dar fe de que tiene ante sí un certificado que indica tal o cual cosa, y puede hacerlo sin límites
distinto es que pueda registrarse como vivienda, o que pueda venderse como vivienda, sin el acompañamiento de algunos otros documentos, entre los que pudieran estar algunos de los siguientes: proyecto, licencia, certificado final de obra, licencia de primera ocupación o cédula de habitabilidad, certificado de prescripción de infracción, certificado de datos catastrales, etc
la concesión de cédula de habitabilidad es responsabilidad del ayuntamiento, y tendrá que ver si se cumplen las condiciones legales para otorgarla
07/02/2012 08:07
Que se uso como vivienda no significa que lo sea. Será un alpendre que es para lo que se concedió licencia.

Por otro lado si dispones de escritura de obra nueva y certificado de antiguedad, habrás intentado inscribirla en el registro, supongo.

Si el registrador ha denegado la inscripción de la escritura, deberías dirigirte al notario que te hizo la escritura de obra nueva y que sea el quien resuelva el problema.
06/02/2012 22:23
la edificación es una vivienda, con baño, cocina y dormitorios. Antiguamente era un alpendre o cuarto de aperos.
¿quién realiza el certificado de prescripción de la infracción?¿el arquitecto del ayuntamiento?
un saludo
06/02/2012 14:22
Un alpendre es un cobertizo, ¿ no ? y si es cobertizo, supongo que tampoco será vivienda.

Y si no es vivienda, supongo que no habrá arquitecto que certifique que lo es. Certificará la realidad.

El IBI, si no está catastrado el cobertizo será del terreno, supongo.

El registrador pedirá que el arquitecto describa la realidad existente de la obra nueva declarada, ¿ como puede describir vivienda donde hay un cobertizo ?, podría ir a la carcel, también pedirá la licencia de obras o certificado municipal de innecesariedad o prescripción de la infracción.

Aún con todo, según se den las circunstancias, el cobertizo podría inscribirse en el registro, sin embargo, como nunca obtendría licencia de habitabilidad, tampoco se podrá contratar servicios como la electricidad.

Catastro de vivienda antigua
06/02/2012 13:06
Quiero catastrar y posteriormente registrar una vivienda en suelo rústico.
tiene certificado de antigüedad anterior a 1978, y paga IBI desde este año.
Posee escritura de obra nueva, así como de compra-venta.
No dispone de cédula de habitabilidad.

¿qué problemas me pueden poner el catastro y el registro?
nota: la edificación es un antiguo alpendre que desde hace años se usa como vivienda, pero nunca se ha catastrado