Asturias, es una de las pocas regiones en España (una vez más siento corroborar que no todos los españoles somos tratados igual) donde los ayuntamientos aplican un mecanismo de coeficientes para grabar los impuestos sobre la compra/venta de viviendas. Este mecanismo utiliza para determinar la base imponible del impuesto el valor catastral del suelo urbano y no el precio efectivo de la venta; es decir, cada Ayuntamiento tiene un coeficiente fijado: 1, 46, 3,25… el que sea y multiplicando ese coeficiente por el valor catastral de la vivienda el Ayuntamiento considera que el precio mínimo de venta de una vivienda debe de ser de x euros y en función a ese precio mínimo el comprador o vendedor debe tributar el 8% (en caso de compra) de ese precio mínimo a Hacienda. ¿Qué ocurre? Que esos valores catastrales no se han actualizado en la mayoría de los casos desde la época de la burbuja y ahora en tiempos de crisis todos sabemos cómo está el mercado inmobiliario. Aun así los Ayuntamientos no han hecho los ajustes oportunos. La consecuencia es que un comprador que compra una vivienda hoy por 140.000 euros debe de tributar a hacienda no por esos 140.000 precio real de compra sino en base al coeficiente de cada Ayuntamiento de manera que el precio mínimo de esa vivienda pudiera alcanzar desde los 190.000 e incluso 220000 euros. El comprador termina tributando miles de euros más injustamente. Lo mismo sucede con el vendedor que debe abonar una plusvalía por encima del valor real aun cuando el vendedor esté asumiendo pérdida con la venta de su propiedad. Debido a esto se están interponiendo denuncias ante los juzgados porque los ayuntamientos y tribunales municipales de Hacienda por la vía administrativa están desestimando los procedimientos. Mi pregunta es ¿algún abogado que pueda facilitarme sentencias falladas a favor sobre los valores catastrales o similar en alguna región de España? Me consta que en Valencia el Tribunal falló aludiendo a que esas cuantías no se ajustaban a mercado y que no serían válidas sino eran corroboradas por un tasador. En fin, agradecería cualquier información que me pudierais facilitar porque estoy decidida a recurrir mi acto de liquidación por la vía administrativa ante el Ayuntamiento. La venta tuvo lugar hace ya un año, pero por desconocimiento de la norma no reclamé en su momento, de ahí que ahora centro mi lucha por encontrar otro procedimiento tributario o alguna sentencia que haya sentado jurisprudencia que me pueda ayudar, no solo a mí, sino a muchas otras personas mileuristas que tardan años en poder ahorrar para adquirir su primera vivienda y que están siendo grabadas desde mi punto de vista injustamente en un país lleno de Bárcenas y cia. Muchas gracias de antemano. Un saludo.
Respecto a ITP si que existen sentencias, en concreto una del supremo del 29 de Marzo de 2012 REC 34/2010, para el tema de la plusvalía se hace más complejo, está la del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha, Sentencia número 85/2012 de 17 de abril de 2012.
Un saludo
Si necesita ampliar información puede ponerse en contacto con nosotros:
¡Muchas gracias! Me vendría bien recabar cuantas más sentencias e información mejor. ¿Sabéis cómo podría hacerme con la que emitió el Tribunal de Valencia?