Mi caso es bastante raro xq por lo que leo debo ser de los pocos hombres que tienen la guarda y custodia de sus dos hijos
Hasta ahora todo era muy bonito pero me acaba de salir un problema.
Niña de 20 años y niño de 10 la madre pasandome pension hasta hace poco por los dos
Hace poco la niña tuvo una bronca conmigo (la típica padre hija adolescente por tema estudios) y debido a eso decidió irse con la madre
No le di importancia xq al ser más de 18 años puede elegir y supongo que cuando tenga bronca con su madre algo típico en adolescente volverá a casa conmigo y hermano
La sorpresa me ha venido como regalo de navidad pues me ha llegado una demanda para modificar sentencia
Hasta ahora ella me pagaba 420 por los dos niños y de golpe quiere dejar de pasar todo
Mi duda es si tiene razón de ser está modificación Tendremos que estar modificando cada vez que mi hija tenga pelea con uno de nosotros y se vaya a vivir con el otro ???
Afecta la medida a los dos o al menor no habría que tocar nada ??
Si le consentis a la chica (20 años) que cada vez que tiene bronca con uno u otro, se vaya a casa con uno u otro, pues si, cada vez que ocurra, y puesto que esta estudiando, y aunque no tenga razon de ser la figura de la guarda y custodia (por ser mayor de edad), sí se estipula pension de alimentos, habra que modificar medidas.
En cuanto al niño de 10 años, no tiene por que modificarse nada, y la madre seguiria obligada a pasar la pension de alimentos, pero claro, si se modifican medidas con respecto a la mayor, tu tendrias que pasarle pension, eso si, en ese caso, podria ser directamente a ella por ser mayor de edad, y no a la madre
Pues claro que tiene razón de ser la modificación ya que se ha dado un cambio de circunstancias.
En el convenio de divorcio había una pensión de alimentos para dos hijos y actualmente cada hijo vive con uno,por lo que se supone que cada uno deberá pasar la pensión de alimentos que estipule el juez a la parte que tiene el hijo.Es decir la madre tendrá que pasar por el hijo que vive contigo y tú por la hija que vive con la madre.
Como la hija es mayor de edad pues se puede dar el caso de que la pensión que debas pasar se pueda hacer directamente a la hija mayor de edad.
Si la hija vuelve a cambiar de casa ,pues naturalmente si ya está dictada la resolución de medidas se deberá volver a instar otro procedimiento.
Incluso siendo la hija mayor de edad puede ella instar el procedimiento ,para que el progenitor que no vive con ella ,le pase pensión de alimentos ,ya que mientras estudie y no sea independiente económicamente ambos padres deben aportar para su manutención .
RBERTUB podrías explicarme tu experiencia para hacerme a la idea
SARAPIKI te aseguro que con una adolescente de 20 años no es que se le permita hacer lo que quiera pero tiene 20 años yo no puedo obligarla según qué cosas y a la madre ya le va bien aunque nunca se haya ocupado de ella
TERABITHIA entiendo el concepto pero como a la madre está situación ya le va bien Lo que no entiendo es que los padres tanto hombres como mujeres tengamos está vacio
Espero no sea este mi caso pero imagina una familia donde padre y madre no se lleven bien y un hijo/a mayor edad decida cada 4 meses cambiar de casa vivir sólo o lo que sea Los padres tendrian que abogados procuradores y juicio cada 4 meses???
hola, yo creo que tu caso es parecido a éste que se planteo hace unas semanas, te lo cuelgo por si te sirve algun comentario: http://www.porticolegal.com/foro/familia/1001990/demanda modificar medidas
No veo posible parecido :-/ Sólo leí primer escrito y no tiene nada que ver
Aquí planteó si una persona mayor de edad puede aprovechar la mala relación entre padres para poder elegir casa cuando quiera y tener que modificar medidas cada x meses cuando se enfade con uno o con otro y los gastos judiciales que ello comporta
Hola worten.
Respecto del menor, nada cambia al respecto.
En cuanto a la mayor de edad, habrá que estar al tiempo que lleva con su madre para que realmente el juez entienda que hay un cambio estable de las circunstancias.
Por ello, desde mi humilde opinion profesional, no está tan clara la razon de ser de dicha modificación de medidas, puesto que existe sobrada linea jurisprudencial que exige respecto de ese cambio, que no solamente sea sustancial sino que sea no provocado por el que las solicita y además requiere que tenga el carácter de permanente o estable durante un tiempo. Repito, esta es mi opinion profesional sin desmerecer el resto.
Un saludo.
Desde primer día que se fue de casa mi hija su madre lo primero que hizo fue empadronarla en su casa así que imagino que ya llevaba la idea Hace 3 meses se fue y se empadrono nose si sirve de ayuda En demanda hace referencia a que según niña será para siempre pero yo se que será hasta que tenga bronca con su madre o se canse
worten, el caso es el mismo, una persona custodia con dos hijos, uno mayor y otro menor, y el mayor se va a vivir con la persona no custodia y el menor se queda y se solicitan modificacion de medidas. De todas formas si no te sirven los comentarios espera a que algún especialista te conteste en este foro que has abierto, siempre hay alguien por aqui. Mucha suerte.
Dentro de las cosas que me pide en la modificacion aparte de no pasar ni un centimo (cosa que veo mal xq se que la niña dentro de nada se irá por libre y a la madre le dará igual mientras ella se libre de pagar por niña y por niño )
Es que también pide que los gastos extras de una ortodoncia que se está haciendo el niño la termine de pagar yo sólo Esa ortodoncia se empezó cuando todo estaba bien y se firmó a media en primer convenio pero yo ya he pagado la mitad del total y ella nada Y ahora quiere modificar eso tambien xq como ella dice ella se encarga niña y yo niño en todo
Vamos a ver todos podemos pedir lo que creamos conveniente,otra cosa es lo que un juez dicte.
Lo que esta claro es que tú hija siendo mayor de edad no es independiente económicamente y por tanto tú debes aportar para su manutención.
O es que acaso tú hija no come ,viste y gasta cuando está con su madre.
Cuando la mayor se independice seguirá existiendo pensión para el menor.
Por regla general en una modificación de medidas ,siempre consta la pensión de los hijos.
De todas maneras tú debes contestar a la demanda de modificación y puedes igualmente ,pedir o decir lo que quieras en ella.
TERA claro que come pero ella quiere aprovechar ese mal rollo temporal para conseguir su beneficio Mí propuesta era pasar la pensión a la niña directamente y la del niño no tocarla
Sigo con alguna duda con la modificación
Hasta ahora yo pagaba telefono movil de hija e hijo con contrato Si hija mayor ya no pension de madre tendría que seguir pagando yo móvil??
El juez puede anular una pensión a favor de la otra o simplemente podría eximir a mi mujer de pagar la de la niña mayor de edad