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Caso Práctico:debo denunciar en el colegio de procuradores?

2 Comentarios
 
30/10/2007 15:38
Recibido Muramur. Gracias por tu información .Quedo a la espera de mas noticias que puedan iluminar el proceder de "algunos" funcionarios.
30/10/2007 13:45
No veo ninguna responsabilidad por parte del procurador contrario. Ten en cuenta que las notificaciones se realizan en la Sala de comunicación de notificaciones y todas las resoluciones son llevadas a esa Sala por los agentes judiciales. Los procuradores tienen dos días para su notificación, y si no lo hacen, se dan por notificados en dicho plazo. Si no consta la notificación al procurador es más que posible que haya sido un "despiste" del Juzgado, por lo que pocas responsabilidades puedes pedir. Solo solicitar por escrito que no constando la notificáción a la otra parte, se proceda a la misma con la máxima rapidez y diligencia exigible
Salvo mejor criterio y un saludo.
Caso práctico:debo denunciar en el colegio de procuradores?
30/10/2007 01:42
En primera Instancia ganamos un pleito por apropiación indebida de una pared que no era ni siquiera medianera . La apelación en la audiencia fué ganada de nuevo y condenada la otra parte a demoler lo construido sobre el muro en litigio . Hace dos meses me fué entregado el fallo a nuestro favor de su señoría . Solicité la ejecución de la sentencia y me dijeron que la parte contraria tenía un mes para ejecutar el derribo y sino lo podríamos hacer nosotros con una Empresa contratada y cargarle los gastos al perdedor ó en su defecto embargarle la propiedad colindante motivo del litigio. Al pasar mes y medio, cual es mi sorpresa cuando me entero que no se le ha comunicado el veredicto final de ejecución de sentencia a la otra parte. Tienen letrado y procurador .¿Como es posible que en el juzgado no se le notifique al procurador cuando menos,aunque no le interese la recepción del fallo para perder tiempo?. Quién tiene la culpa de ésta desidia , su Señoría, los funcionarios del juzgado ?.¿ No incurren en algún tipo de delito el procurador , el letrado ó los funcionarios por no hacerse cargo y ejecutar la sentencia?. A nosotros nos está gravando en exceso el costo de la reparación de los daños ya que tenemos una obra paralizada hasta el derribo de la pared colindante y la construcción de una pared en la propiedad recuperada. ¿Que pensais colegas, debo denunciar en el colegio de procuradores, debo comunicarselo a su Señoría de éste retraso seguramente provocado, debo advertirle a los funcionarios que si no se lo comunican al procurador en tiempo y forma prudente tomaré las medidas legales pertinentes contra ellos? Espero vuestras noticias en éste foro ó si quereis algún dato mas mi E-Mail es fleming776@hotmail.com .- Saludos a todos y aclaradme las ideas si es posible, se agradecerá toda la ayuda que me prorcionen vuestras doctas mentes juristas.