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Caso practico

1 Comentarios
 
Caso practico
03/02/2010 13:41
Tengo que resolver un caso practico pero por mas que me he indagado, lo he realizado ya varias veces mal, y me gustaria que me dierais algunas pautas para buscar la informacion correcta, ya que no doy con ella. Muchas gracias. Es el siguiente:

Dña. Lourdes Medina., de 45 años de edad, administradora y socia mayoritaria de la sociedad LUCES, S.A, dedicada a la fabricación y reparación de todo tipo de lámparas, presentó el 15-10-08 en la TGSS la documentación necesaria para tramitar su alta en el RETA. De esa documentación se deduce que la referida sociedad se constituyó e inició efectivamente su actividad el día 15-9-07.

Dña. Lourdes tiene decidido dedicar en un primer momento unos 800 € para su cuota de seguridad social, incluyendo la prestación de I.T., que asegura con la Mutua Fremap. Respecto de las contingencias profesionales, las concertaría para el año 2010 con el propio INSS, cuando calcula que el negocio esté ya consolidado.

El 20-4-09, cuando realizaba una gestión bancaria en relación con su empresa, Dña. Lourdes (que es fumadora compulsiva, con hipertensión e hipercolesterolemia, entre otros factores de riesgo) sufrió un desvanecimiento que es diagnosticado médicamente como un episodio de angina de pecho. Por dicho proceso estará de baja médica durante 45 días; durante este tiempo se hará cargo de la gestión de la sociedad el auxiliar que viene realizando las labores adm inistrativas de la misma, bajo la supervisión domiciliaria de la propia Lourdes, con quien mantiene continuos contactos telefónicos.

La Mutua Fremap, una vez atendido en urgencias, se niega a seguir prestándole asistencia sanitaria, remitiéndole al SAS. Igualmente, mediante resolución de 25-5-09, le denegó la prestación de I.T. por el hecho de que la cotización del mes de marzo se ingresó con posterioridad al 25-4-09 y la cuota de abril aún no se ha ingresado. En el mismo sentido la Mutua determina que también es causa de denegación de la I.T. la presentación tardía de la declaración de actividad, ya que ésta, junto con la solicitud de la prestación, se presentó el día 21-5-09.


Examinar si los actos de encuadramiento de Dña. Lourdes se han efectuado correctamente. En su caso, analizar qué efectos producirán los posibles errores cometidos.

Determinar la base de cotización de Dña. Lourdes, así como la cuota que deberá abonar por su primera mensualidad, ¿y si hubiera incluido desde el primer momento las contingencias profesionales?.

Analizar en todos sus aspectos las decisiones de la Mutua. Examinar si las mismas son correctas, razonando en todo caso la contingencia determinante de la I.T., las condiciones y requisitos para tener derecho a ella y, finalmente, calcular la cuantía que le hubiera correspondido y los períodos de percepción de la I.T. aun cuando no tuviese derecho a la misma.
03/02/2010 15:47
legalmente y a efectos de la mutua no tiene derechos a la percepcion de la IT.(segun lo leido)