Hola. Necesito vuestra ayuda. Soy estudiante de grado y debo contestar a una serie de casos prácticos, ya los he hecho pero debo entregarlos correctos al 100% para poder aprobar la materia.¿Podéis ayudarme y contestar aunque sea alguno de ellos? Muchas gracias por vuestro tiempo, os prometo que lo necesito sino no os diría nada. Aquí os dejo los primeros casos:
CASO PRACTICO RECURSOS ADMINISTRATIVOS
1-El concejal de tráfico del ayuntamiento de X inicia, en relación con don Pepito, un expediente sancionador.
a-¿Es el acuerdo de incoación un acto que don Pepito pueda recurrir?
b-En ese acuerdo de iniciación, se ordena a don Pepito que deposite su carnet de conducir en el ayuntamiento. ¿Qué naturaleza tendría esa orden? ¿Sería recurrible? ¿Quién sería el órgano competente para conocer de ese recurso?
c-Finalmente, se impone a don Pepito una sanción de 200 euros por el alcalde. ¿Podría don Pepito presentar algún recurso administrativo? ¿Sería necesaria la presentación de ese recurso administrativo como requisito para presentar después recurso contencioso administrativo?
d-Supongamos que la sanción se notifica el día 20 de junio, lunes. ¿Cuál sería el último día de plazo para presentar el recurso? ¿Se podría presentar ese recurso en la oficina de correos? ¿Y en la diputación provincial?
e-Supongamos que el recurso se ha presentado en correos el día 22 de junio, y que tiene entrada en el registro del ayuntamiento el día 25 de junio. ¿Cuándo vencerá el plazo para resolver y notificar? Pasado dicho plazo ¿se entiende estimado el recurso por silencio?
f-En la notificación de la sanción impuesta sólo se dice que cabrá presentar contra ella recurso contencioso administrativo. ¿Será correcta la notificación? ¿Cuál será el último día del plazo para presentar el recurso, si la notificación se recibe el 14 de abril, viernes? Si en la notificación se nos dice que contra la sanción no cabe recurso alguno, ¿cuál será el plazo para recurrir?
2-Don Juanito solicita al ayuntamiento de X una licencia ambiental para instalar una fábrica textil, el día 12 de agosto de 2010.
a-El 27 de agosto, se le notifica que el concejal de medio ambiente ha acordado suspender la tramitación del expediente de licencia, hasta que se sepa con certeza cuál será la posición de la conselleria competente en materia de comercio en relación con el otorgamiento de subvenciones a las fábricas textiles. ¿Podrá don Juanito recurrir ese acto por el que se suspende la tramitación del expediente?
b-Reanudado el expediente de licencia ambiental, la conselleria competente en materia de interior emite un informe NEGATIVO Y OBSTATIVO, por entender que el proyecto presentado no cumple ninguna de las medidas de seguridad contra incendios. ¿Será recurrible ese informe?