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Caso pendiente de sentencia de custodia compartida en Valencia tras la resolución de T.C

1 Comentarios
 
30/11/2016 11:24
ManuelH
Hola. En caso de queno se aplique la Ley Valenciana, se aplicaría el Código Civil y la jurisprudencia del TS, lo cual poco difiere de la Ley Valenciana.
- Veamos lo que dice (decía) la Ley Valenciana: se buscará el interés superior de menor y habrá Custodia Compartida si nada lo impide.
- Veamos lo que dice el CC y el TS: se buscará el interés superior del menor y la Custocia Compartida es el modelo ideal si de dan las causas y en tanto y cuanto se den.

Resultado: lo mismo. Y eso se podía ver en los juzgados de familia. Las CC no son automáticas, nunca lo han sido y nunca lo serán, mientras se busque el interés superior del menor. Pero el volver al Código Civil entiendo que no debe variar demasiado, en lo que a cuestión de custodia nos referimos.

Saludos.
Caso pendiente de sentencia de custodia compartida en valencia tras la resolución de t.c
29/11/2016 23:07
Hola, el Tribunal Constitucional ha anulado la ley valenciana "de relaciones familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven" o Ley de Custodia Compartida. Dice que "Este Tribunal entiende que las decisiones adoptadas por los órganos judiciales durante la vigencia de la norma que ahora se declara inconstitucional, en relación a la fijación de un determinado régimen de guardia y custodia para los hijos menores", se tomaron teniendo en cuenta el principio del mejor beneficio para los niños afectados, dictamina el Constitucional. La pregunta es qué pasa con un caso presentado hace unas semanas en Valencia, pendiente ahora de la sentencia. ¿Es posible invocar este cambio de jurisprudencia ante el juez que ha de decidir, si todavía no ha redactado la sentencia o no la ha notificado, para invocar que se atribuya la custodia a un solo progenitor con visitas para el otro, en vez de la custodia compartida?