si su madre presenta declaracion con rentas superiores a 1800 o no presenta declaracion y tiene rentas superiores a 8000 euros no puede incluirsela como minimo por ascendientes. cualquiera de las dos situaciones la excluye.
Por lo tanto es imposible que la deduzca como ascendiente por dos motivos:
- debido a que tiene que declarar y es superior a 1800€
- y que ademas supera los 8000€ ?? sigue existiendo dicho limite de rentas del ascendiente para poder ser deducido por mi?
Muchas gracias a todos por las aclaraciones. He comprendido mejor la situación.
Me aplicaré el mínimo por ascendiente de mi padre.
Por el comentario de medik2 entiendo que el caso de mi madre es igual que el hilo que comento: mi madre tiene unas rentas que no son exentas y aparte venta de acciones (ya que la mitad de los 150€ estaban a su nombre), y la suma supera 1000€, con lo que debería declarar.
Por lo tanto es imposible que la deduzca como ascendiente por dos motivos:
-debido a que tiene que declarar
- y que ademas supera los 8000€
Solo me queda esperar al año que solo tenga las rentas de minusvalía y a que amplien el límite de 8000€. Cierto?
no es un caso tan complejo, el hilo que usted menciona y el caso que usted explone, no tienen absolutamente nada que ver, no por similitud de situaciones, que la hay, sino porque la normativa que se aplica en cada una de las situaciones es distinta. Ese hilo hablaba de una paralela del 2006, donde se aplicaba la antigua ley de renta y su caso se refiere a 2007 donde se aplica la nueva normativa de renta, que introduce cambios en ese aspecto.
Primero, con la nueva ley de renta si su padre presenta declaracion de renta y estas no son superiores a 1800 euros usted se le puede deducir como ascendiente(olvidese de las rentas exentas). Con la normativa anterior una vez que el ascendiente estaba obligado a presentar declaracion o la presentaba, independientemente del volumen de renta, ya no se le podia incluir por el minimo por descendiente.Esta novedad se introduce para evitar situaciones como las que se menciona en el hilo que comenta.
Con todo, y aun sin tener en cuenta la nueva normativa, su caso sigue siendo diferente. En ese hilo, el ascendiente tenia rentas no exentas, y aparte venta de acciones, y las suma de las 2 rentas era superiores a 1000euros, por lo que le obligaba a declarar. el caso de su padre es distinto, tiene solo una gananciade 150 euros (olvidese,repito, de las rentas exentas), que es inferior a 1000 euros, lo que en ningun caso obliga a su padre a declarar.
Apliquese, sin dudarlo, el minimo por ascendiente de su padre, al que tiene todo el dedecho del mundo. No lo deje pasar.
Consulte con asesores bien expertos, porque Hacienda se lo pondrá difícil. En el caso que yo he planteado y al que usted ha aludido,Hacienda le anuló la deduccion que mi hermana había realizado por mi madre (con pensión mínima y con pérdida ridícula). Sus padres han tenido gananciasd ridículas, pero ganancias. Intentarán cazarle injustamente también. Y le dirán que sus padres tienen obligación de declarar. Ahora bien, la escapatoria que yo le veo a su caso es la sigueinte.
Si esas "ganancias" han sido como consecuencia de que el banco se ha permitido(por su cuenta y sin consentimien to de sus padres) realizar esas dos operaciones. yo lo que haría es intentar recoger del Banco un documento en el que certifiquen que esas dos operaciones fueron realizadas por mal entendido, por error burocrático,por el motivo que sea, pero que manifiesten claramente que sus padres no ordenaron comprar nada.
Si el Director de la Oficina se niega a emitir ese certificado exculpándo a sus padres y culpando a la Oficina de ese error, pídanle a ese Director fotocopia de la orden decompra y venta de esas acciones. Como tal orden no existe, ese señor intentará solucionarlo de algún modo.
Si se negara a darle ese certificado, pídanle la dirección del Defensor del Cliente(todos los Bancos tienen uno nombrado) y le exponen la irregularidad cometida y los perjuicios que les va a ocasionar esa actuación. Manden el escrito por burofax. Tienen tiempo todavía.
Con la respuesta que reciban y con el asesoramiento del profesional exoperto, decidan ustedes lo que hacer. Yo pienso que si Hacienda arremete contra ustedes,, es normal que ustedes hagan recaer la culpa sobre quien cometió la falta y que sea el Banco el que responda de las multas o quebrantos económicos que se deriven.
De todos modos, aquí también hay algunos expertos maestros que le orientarán mejor que yo.Espere sus comentarios. Un saludo afectuoso y suerte
Hola a todos, y gracias de antemano a todos los que con su conocimiento hacen posible este gran foro. Expondré mi caso brevemente.
Convivo con mi padre con esclerosis multiple, Incapacidad Permanente Absoluta: minusvalía 100%. Sus ingresos son superiores a 8000€, pero son exentos, ya que su minusvalía proviene de una enfermedad común.
También convivo con mi madre, Incapacidad Permanente Total: minusvalía superior al 65%. Debido a enfermedad laboral. Sus ingresos no son exentos porque es una compensación laboral, y superan, aunque por muy poco: 8800€
Por lo tanto tal y como he leído repetidamente en la documentación de la declaración del IRPF, mi padre, al no tener obligación ni hacer él la declaración, al convivir todo el año con él, y al tener unos ingresos (excluidos los exentos) inferiores a 8000€, estoy en condiciones de deducirme a mi padre como ascendiente con minusvalía en mi declaración del IRPF.
Mi madre, sin embargo, no podría, por el límite de 8000€. Es irrefutable dicho límite?
Mi dilema es cuando he leído el hilo de este foro titulado ¿intenta hacienda meter un gol fantasma?. He recordado que mi padre hace años hizo operaciones con acciones. Llevaba ya años si hacer ninguna, pero este 2007, el banco, POR CUENTA PROPIA, realizó una operación. Mi padre en cuanto lo supo, llamó, lo anuló, recriminó al banco por realizar operaciones sin su consentimiento y se cambió de banco. Esa operación dio unos beneficios de 150€ aprox., y habían acciones a nombre de ambos.
Estoy en alguna situación similar al caso tan bien explicado aquí?
Me da miedo deducirme a mi padre y luego tener todos estos problemas. Pero por otro lado en el trabajo ya me han retenido en el 2007 y lo que llevamos de 2008 bajo dichas condiciones, con lo que tendría que pagar un dineral si no me deduzco a mi padre.
Alguien podría darme un poco de luz a este caso?
Gracias de antemano