Hola a tod@s, pido perdón si este no es el sub-foro específico para incluir mi mensaje pero desconozco cuál sería. Os comento, mi novia y yo nos queremos casar en septiembre de este año pero yo tengo embargada la nómina y un piso del que tengo el 33% en usufructo, hemos comprado una casa que hemos puesto a su nombre unicamente (en la hipoteca está ella sola también) os quería preguntar, si me caso pueden embargar también la casa nueva? pasa a ser de los 2? al cobrar poco al mes, de la nómina me quitan solo 60 euros y asi voy pagando la deuda casi sin enterarme pero no quisiera que embargaran la casa nueva por casarnos. Me podeis orientar sobre que es lo mejor que podría hacer? no tengo dinero para pagar la deuda entera y si pido dinero al banco me dicen que aparezco en una lista que no me dan nada hasta que no pague lo anterior, pero si no me lo dan como quieren que lo pague?me quedé sin trabajo y todo se me vino encima, ahora trabajo y no me dejan levantar cabeza, al aparecer en esa lista no puedo pedir nada a plazos a mi nombre, que asco de vida a veces... MUCHAS GRACIAS
hola fom; soy poco lego en estos casos pero si te casas y lo haces con separación de bienes, la propiedad de tu novia, no se veria afectada pues sigue siendo suya, y a su nombre no pueden acceder a ella, en cuanto a posibles prestamos posteriores y a tu nombre, podrias realizarlos si te basas en liquidar el prestamo anterior, mejor dicho si puedes pedir por un ejemplo 5000€, que parte de esta nueva deuda sirva para el pago y liquidación de la anterior
Hola:
Independientemente del régimen económico del matrimonio, los bienes y deudas adquiridos antes del matrimonio son privativos de cada uno y no integrarían los gananciales.
Un saludo
Si no recuerdo mal (hablo de memoria) la vivienda habitual era una excepción, por lo que si ésta se había comprado antes del matrimonio por un cónyuge, pero se paga a plazos después del matrimonio, la parte proporcional que se paga después del matrimonio es ganancial.
Entiendo como dice dikturpin55 que si vuestro régimen económico matrimonial es el de separación de bienes, los bienes de tu novia no responderían de dicha deuda.
En cambio, sí entiendo que si te casa en gananciales responden de tus deudas propias tus bienes, y si no fueran suficientes se podría embargar bienes gananciales. Y como bien dice dark satan, si usais esa casa como domicilio familiar, será en parte privativa y en parte ganancial, atendiendo a lo que se haya pagado una vez casados.